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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de las Mujeres
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

9 septiembre, 2013

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 septiembre, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Selene Ramírez Briones
Coordinación Jurídica

 

Unidad de Recursos Humanos

POR: Secretaría de las Mujeres


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Administrar los recursos humanos con que cuenta la Dependencia aplicando las
normas, lineamientos y políticas de integración del programa anual de
capacitación, realizando la detección de necesidades de recursos humanos, así
como gestionando los trámites administrativos de finiquitos, liquidaciones, altas,
bajas, cambios, incidencias del personal e implementando los mecanismos de
control de los procesos de reclutamiento y selección de personal ante la instancia
correspondiente para coadyuvar en los procesos de la administración de la
Dependencia.


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:

Manual de Organización de la Secretaría de las Mujeres

 

Atribuciones:

FUNCIONES:

I. Administrar y asegurar el desarrollo de habilidades ejecutando el programa anual de capacitación;

II. Realizar la detección de necesidades de recursos humanos y capacitación que requieren las áreas de la Secretaría;

III. Realizar los trámites administrativos de finiquitos, liquidaciones, altas, bajas, cambios de adscripción, faltas y retardos en los términos de la normatividad vigente ante la instancia correspondiente;

IV. Supervisar en el ámbito de competencia la terminación de las relaciones laborales, conjuntamente con la Coordinación Jurídica;

V. Aplicar las normas relativas a las remuneraciones, gratificaciones, prestaciones, descuentos y retenciones, así como otorgar los estímulos y recompensas en coordinación con la instancia correspondiente;

VI. Imponer medidas disciplinarias y correctivas que establezcan la Ley del Servicio Civil y las Condiciones Generales de Servicio vigentes en el Estado;

VII. Supervisar el levantamiento de las actas circunstanciadas o de hechos relacionados con el ámbito de competencia en coordinación con la Coordinación Jurídica;

VIII. Integrar la relación de vacaciones del personal de las áreas de la Secretaría de los periodos correspondientes;

IX. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones estipuladas en el Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo para los Servidores Públicos del Gobierno del Estado de Zacatecas;

X. Implementar en coordinación con la instancia normativa correspondiente los programas y mecanismos de control de los procesos de reclutamiento, selección, contratación, formación, desarrollo, evaluación del desempeño en materia de desarrollo humano del personal de la Secretaría;

XI. Aplicar y difundir las normas, lineamientos, políticas y demás disposiciones que emitan las instancias competentes para el personal de la Secretaría, y

XII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables.



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