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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Coordinación General Jurídica
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

3 febrero, 2012

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 junio, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

M. en A. Norma del Socorro Macías Márquez
Coordinacion Administrativa

 

Departamento de Asuntos Administrativos

POR: Coordinación General Jurídica


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Resolver los recursos previstos en la Ley de Fraccionamientos Rurales que se interpongan ante el Secretario General de Gobierno  y que promuevan los fraccionistas respecto de las resoluciones  que pongan fin a un procedimiento o resuelvan un incidente dictadas por el Director de Fraccionamientos Rurales.


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:

 

 Manual de Organización de la Coordinación General Jurídica. 

Reglamento Interior de la Coordinación General Jurídica del Gobierno del Estado de Zacatecas Art. 16

Atribuciones:

  1. Recibir los expedientes de la Dirección de Fraccionamientos Rurales, en los cuales se ha interpuesto recurso de inconformidad o revisión;
  2. Registrar los recursos en el libro de Gobierno asignándole número consecutivo que corresponda;
  3.  Realizar la formación del cuadernillo del Departamento;
  4. Llevar a cabo el análisis de las constancias procesales a efecto de elaborar el proyecto de resolución;
  5. Elaborar el proyecto de resolución a los recursos de inconformidad o revisión que promuevan los fraccionistas y someterlo a considerándolo al Secretario General de Gobierno, para su aprobación o modificación en su caso;
  6. Elaborar el proyecto de resolución en aquellos juicios de amparo en los que la Justicia de la Unión ampara y protege a los quejosos, respecto de las resoluciones dictadas por el Secretario General de Gobierno en los recursos previstos en la Ley de Fraccionamientos Rurales;
  7. Realizar las notificaciones de carácter personal de las resoluciones expedidas por el Secretario General de Gobierno en materia de Fraccionamientos Rurales del Estado;
  8. Custodiar y llevar el registro de los expedientes generados en los procesos legales a su cargo, vigilando su correcta integración y substanciación, guardando la debida reserva de los mismos;
  9. Emitir opinión jurídica en los asuntos de su competencia, cuando así lo solicite el Director o el Coordinador, y
  10. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y administrativas aplicables.



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