DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Instituto Zacatecano de Educación para Adultos
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
13 octubre, 2011
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
10 noviembre, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Elisabeth Núñez Monreal
Subdirección de Administración y Finanzas
Departamento de Evaluación del Aprendizaje
POR: Instituto Zacatecano de Educación para Adultos
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Capacitar a los Coordinadores Regionales y a los jefes de Informática regionales en cuanto a los lineamientos federales y estatales para que puedan contar con las herramientas elementales para el buen funcionamiento de la evaluación del aprendizaje en los educandos e informar a la Subdirección de Acreditación, entre otras funciones.
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
Manual de Organización del Instituto Zacatecano de Educación para Adultos
Atribuciones:
I. Elaborar el Programa Operativo Anual correspondiente a su área de competencia y darlo a conocer a la Subdirección de Acreditación para su validación y autorización;
II. Difundir y vigilar que la normatividad vigente sea de estricta aplicación en el procedimiento de acreditación en sus modalidades de inicial, intermedio y avanzado en las Coordinaciones Regionales ya que son la parte operativa del Instituto;
III. Capacitar a los Coordinadores Regionales y a los jefes de informática regionales en cuanto a los lineamientos federales y estatales para que puedan contar con las herramientas elementales para el buen funcionamiento de la evaluación del aprendizaje en los educandos e informar a la Subdirección de Acreditación;
IV. Verificar que la información que se estipula en el Sistema Automatizado de Seguimiento y Acreditación sea verídica conforme la estadística que se genera de la información de las Coordinaciones Regionales a través del técnico docente y del jefe de acreditación e informar a la Subdirección de Acreditación;
V. Mantener actualizada la base de datos de las sedes de aplicación solicitadas, programadas y presentadas, tanto en línea como en papel así como la atención y la retención del educando, el grado de presentación y de acreditación, los índices que generan el impacto en la población objetivo y el costo beneficio del usuario por Coordinación Regional, con una vigencia de tres meses. En coordinación con la Subdirección de Informática y Sistemas y Planeación y Evaluación e informar a la Subdirección de Acreditación;
VI. Mantener actualizado la base de aplicadores: institucionales, permanentes y normales por Coordinación Regional de manera trimestral conforme a lo que estipula los lineamientos vigentes federales y estatales para su actuación en la aplicación de exámenes en sus dos vertientes línea y papel en coordinación con la Subdirección de Informática y Sistemas, de Planeación y Evaluación, Servicios Educativos y del Patronato Pro-Educación e informar a la Subdirección de Acreditación;
VII. Cotejar los convenios suscritos de las figuras solidarias que le son de su competencia con el Patronato Pro-Educación y verificar que dicha información se encuentre registrada en el Sistema de Automatización de Seguimiento y Acreditación del Instituto, en coordinación con la Subdirección de Planeación y Evaluación e informar a la Subdirección de Acreditación;
VIII. Elaborar el calendario oficial de aplicación de exámenes de manera trimestral, estipulándose dos aplicaciones por mes y vigilar su correcta aplicación en las unidades operativas del Instituto, hacerlo de conocimiento al Director General, las Coordinaciones Regionales, Subdirección de Informática, de Planeación, Técnica y al Secretario Particular e informar a la Subdirección de Acreditación;
IX. Generar el pago de las sedes de aplicación y de los aplicadores en sus dos modalidades: en línea y en papel mensualmente por Coordinación Regional conforme al estricto apego a la normatividad que rige el Instituto y una vez autorizado por la Subdirección de Acreditación informar a la Subdirección de Informática y Sistemas para su procesamiento y dispersión del recurso vía Telecomunicaciones de México previa autorización de la Subdirección de Planeación y Evaluación así como del Patronato Pro-Educación;
X. Proporcionar capacitación de exámenes en línea a las figuras solidarias que sean de competencia, así como a las unidades administrativas que lo requieran, siéndola finalidad la proyección de esta herramienta dentro de las capacidades y habilidades de los educandos que se están formando en el Instituto Zacatecano de Educación para Adultos e informar a la Subdirección de Acreditación;
XI. Dar seguimiento al proceso de acreditación de los a través de la presentación del módulo completo de estudio trabajado y del examen final en la sede de aplicación, calificado y registrado en el Sistema Automatizado de Seguimiento y Acreditación, siendo el plazo máximo será de tres meses e informar a la Subdirección de Acreditación;
XII. Supervisar la correcta vinculación de los módulos completos de estudio en el Sistema Automatizado de Seguimiento y Acreditación, información que es generada por el técnico docente a través del jefe de informática de las Coordinaciones Regionales, garantizando la correcta aplicación de examen al educando; en coordinación con la Subdirección de Servicios Educativos y de la Subdirección de Planeación y Evaluación e informar a la Subdirección de Acreditación;
XIII. Solicitar a Oficinas Centrales el material para la aplicación de exámenes conforme a la vinculación de los módulos completos de estudio, atención prestada a los educandos y a la reserva de inventario que se encuentra físicamente en el Instituto para solventar las necesidades propias del sistema e informar a la Subdirección de Acreditación;
XIV. Controlar y resguardar el material para la aplicación de exámenes conforme a los lineamientos estipulados vigentes e informar a la Subdirección de Acreditación;
XV. Distribuir oportunamente el material para la aplicación de exámenes a las Coordinaciones Regionales conforme al calendario mensual oficial de entregarecepción y cuidar de su destino final del mismo e informar a la Subdirección de Acreditación;
XVI. Llevar un registro puntual y oportuno de la distribución de los materiales para la aplicación de exámenes: altas, movimientos, salidas, stock, número y vigencia de la batería, número de cuadernillos utilizados y no utilizados por Coordinación Regional, permitiéndonos contar con un inventario real y determinar si cubre las necesidades del Instituto e informar a la Subdirección de Acreditación;
XVII. Levantar acta circunstanciada a la instancia que le corresponda en caso de pérdida, extravío, robo, y/o deterioro del material para aplicación de exámenes, estipulado conforme a la Ley lo que procede ante el Ministerio Público, e informar a la Subdirección de Acreditación para la toma de decisiones;
XVIII. Enviar a Oficinas Centrales el material para la aplicación de exámenes en tiempo y forma y como lo determine los requisitos legales establecidos e informar a la Subdirección de Acreditación, y
XIX. Desarrollar todas aquellas inherentes a su área, las demás que le encomiende el Titular de la Subdirección de Acreditación.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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