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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Educación
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

21 marzo, 2014

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 junio, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Jose Luis Santoyo Gonzalez
Coordinación Administrativa

 

Departamento de Personal

POR: Secretaría de Educación


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Departamento de Personal


Tipo : Estructura Orgánica

Fundamento Legal:


Manual de Organización de la SEDUZAC


Atribuciones:


I. Administrar y controlar el recurso humano de la Secretaría, para asegurar su oportuna aplicación;


 


II. Vigilar el control de los registros sobre la recepción y distribución de documentos relativos a la relación laboral que guarda la Secretaría con sus trabajadores;


 


III. Verificar los documentos relativos al Formato Único de Personal que presenten los diversos Niveles Centrales, los Departamentos de Servicios Regionales y Coordinación de Educación Media Superior y Superior;


 


IV. Supervisar que se efectúe correcta y oportunamente la recepción, validación y captura de los movimientos de personal que labora para la Secretaría;


 


VI. Mantener informadas a las unidades administrativas de la Secretaría, respecto a la aceptación y/o rechazo del trámite de la documentación recibida;


 


VII. Administrar y controlar el ejercicio del presupuesto asignado a la Secretaría, supervisando la correcta afectación del gasto en partidas presupuestales respectivas;


 


VIII. Solicitar al Departamento de Informática los diseños de nuevas aplicaciones y productos para eficientar los procesos de registro del historial laboral del personal al servicio de la Secretaría;


 


IX. Ordenar la cancelación-creación de plazas, que por necesidades del servicio se efectúen, supervisando que estén debidamente soportadas presupuestalmente;


 


X. Autorizar y expedir constancias de servicios del personal que labora para la Secretaría;


XI. Expedir credenciales de identificación del personal que labora en la Secretaría, para efectos de control y registro;


 


XII. Supervisar la expedición de avisos de inscripción al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y/o al Instituto Mexicano del Seguro Social, para dar de alta y/o baja al personal que labora en esta Secretaría;


 


XIII. Certificar solicitudes de préstamos a corto y mediano plazo del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y del Sindicato Nacional de los trabajadores de la educación;


 


XIV. Autorizar y rubricar la certificación de cartas poder al personal adscrito que lo solicite a esta Secretaría;


 


XV. Rubricar las hojas únicas de servicios del personal que labora en la Secretaría para el trámite de jubilación, tiempo de servicio, pensión por edad avanzada e invalidez;


 


XVI. Rubricar las hojas únicas de servicios del personal que labora para la Secretaría para el trámite de devoluciones del Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;


 


XVII. Rubricar las hojas únicas de servicios del personal que labora para la Secretaría a efecto de tramitar la indemnización global, defunción y antigüedad;


 


XVIII. Controlar y establecer el sistema de archivo de expedientes de los trabajadores que trabajan para la Secretaría;


 


XIX. Convocar, estudiar, revisar y gestionar las solicitudes para los estímulos y recompensas del personal docente, de apoyo y asistencia a la educación otorgados por la Secretaría;


 


XX. Tramitar los dictámenes escalafonarios que resuelve la Comisión Estatal Mixta de Escalafón de la Secretaría;


 


XXI. Registrar incapacidades médicas exhibidas por los trabajadores al servicio de la Secretaría para afectarlos con sueldo, medio sueldo y sin sueldo, según proceda;


 


XXII. Acordar licencias solicitadas por los trabajadores de la Secretaría para cubrir comisiones de carácter sindical;


 


XXIII. Validar y certificar solicitudes presentadas por el personal que labora para la Secretaría para efectuar cambio de adscripción fuera del Estado;


 


XXIV. Vigilar la observancia de las normas legales y administrativas vigentes en materia de recursos humanos;


 


XXV. Supervisar la actualización de las plantillas de personal de las áreas administrativas, y vigilar que la relativa al personal docente y de apoyo a la educación cumpla con la normatividad vigente, y


 


XXVI. Las demás que establezcan las disposiciones administrativas y legales aplicables.



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Tags:    personal, departamento
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