DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Educación
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
21 marzo, 2014
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 junio, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Jose Luis Santoyo Gonzalez
Coordinación Administrativa
Departamento de Personal
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Departamento de Personal
Tipo : Estructura Orgánica
Fundamento Legal:
Manual de Organización de la SEDUZAC
Atribuciones:
I. Administrar y controlar el recurso humano de la Secretaría, para asegurar su oportuna aplicación;
II. Vigilar el control de los registros sobre la recepción y distribución de documentos relativos a la relación laboral que guarda la Secretaría con sus trabajadores;
III. Verificar los documentos relativos al Formato Único de Personal que presenten los diversos Niveles Centrales, los Departamentos de Servicios Regionales y Coordinación de Educación Media Superior y Superior;
IV. Supervisar que se efectúe correcta y oportunamente la recepción, validación y captura de los movimientos de personal que labora para la Secretaría;
VI. Mantener informadas a las unidades administrativas de la Secretaría, respecto a la aceptación y/o rechazo del trámite de la documentación recibida;
VII. Administrar y controlar el ejercicio del presupuesto asignado a la Secretaría, supervisando la correcta afectación del gasto en partidas presupuestales respectivas;
VIII. Solicitar al Departamento de Informática los diseños de nuevas aplicaciones y productos para eficientar los procesos de registro del historial laboral del personal al servicio de la Secretaría;
IX. Ordenar la cancelación-creación de plazas, que por necesidades del servicio se efectúen, supervisando que estén debidamente soportadas presupuestalmente;
X. Autorizar y expedir constancias de servicios del personal que labora para la Secretaría;
XI. Expedir credenciales de identificación del personal que labora en la Secretaría, para efectos de control y registro;
XII. Supervisar la expedición de avisos de inscripción al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y/o al Instituto Mexicano del Seguro Social, para dar de alta y/o baja al personal que labora en esta Secretaría;
XIII. Certificar solicitudes de préstamos a corto y mediano plazo del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y del Sindicato Nacional de los trabajadores de la educación;
XIV. Autorizar y rubricar la certificación de cartas poder al personal adscrito que lo solicite a esta Secretaría;
XV. Rubricar las hojas únicas de servicios del personal que labora en la Secretaría para el trámite de jubilación, tiempo de servicio, pensión por edad avanzada e invalidez;
XVI. Rubricar las hojas únicas de servicios del personal que labora para la Secretaría para el trámite de devoluciones del Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;
XVII. Rubricar las hojas únicas de servicios del personal que labora para la Secretaría a efecto de tramitar la indemnización global, defunción y antigüedad;
XVIII. Controlar y establecer el sistema de archivo de expedientes de los trabajadores que trabajan para la Secretaría;
XIX. Convocar, estudiar, revisar y gestionar las solicitudes para los estímulos y recompensas del personal docente, de apoyo y asistencia a la educación otorgados por la Secretaría;
XX. Tramitar los dictámenes escalafonarios que resuelve la Comisión Estatal Mixta de Escalafón de la Secretaría;
XXI. Registrar incapacidades médicas exhibidas por los trabajadores al servicio de la Secretaría para afectarlos con sueldo, medio sueldo y sin sueldo, según proceda;
XXII. Acordar licencias solicitadas por los trabajadores de la Secretaría para cubrir comisiones de carácter sindical;
XXIII. Validar y certificar solicitudes presentadas por el personal que labora para la Secretaría para efectuar cambio de adscripción fuera del Estado;
XXIV. Vigilar la observancia de las normas legales y administrativas vigentes en materia de recursos humanos;
XXV. Supervisar la actualización de las plantillas de personal de las áreas administrativas, y vigilar que la relativa al personal docente y de apoyo a la educación cumpla con la normatividad vigente, y
XXVI. Las demás que establezcan las disposiciones administrativas y legales aplicables.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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