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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Educación
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

21 marzo, 2014

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 junio, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Jose Luis Santoyo Gonzalez
Coordinación Administrativa

 

Coordinación Administrativa

POR: Secretaría de Educación


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Coordinación Administrativa


Tipo : Estructura Orgánica

Fundamento Legal:


Manual de Organización de la SEDUZAC vigente


Atribuciones:


I. Coordinar las políticas, normas, sistemas y procedimientos para la óptima administración de los recursos humanos, materiales, informáticos y financieros de la dependencia;


 


II. Revisar y proponer en coordinación con la Dirección de Planeación y Programación, los anteproyectos de presupuesto de la Secretaría, así como la asignación para cada uno de los proyectos y programas de la Secretaría.


 


III. Firmar convenios, minutas, acuerdos y contratos que la Secretaría celebre conforme a la normatividad vigente, y de cuya ejecución se desprendan obligaciones patrimoniales a cargo de la misma, así como los demás documentos que impliquen actos de administración, en coordinación con el Departamento de Asuntos Jurídicos y Laborales de la Secretaría.


 


IV. Coordinar los servicios de procesamiento electrónico de datos que requieran las áreas de la Secretaría;


 


V. Autorizar los recursos materiales, humanos y financieros, para el desarrollo de sistemas de información, adquisición de bienes y servicios propios del área;


 


VI. Asegurar que el Departamento de Informática capacite y asesore al personal involucrado en el manejo de las herramientas de información;


 


VII. Supervisar y llevar el control de los Recursos Humanos del sistema educativo estatal de acuerdo a la normatividad vigente y a la disponibilidad de recursos;


 


VIII. Asegurar que los centros de trabajo escolar y administrativo tengan una plantilla de personal docente y de Apoyo y asistencia a la educación acorde al número de alumnos para los centros escolares, así como los administrativos de acuerdo a sus funciones y a la normatividad establecida;


 


IX. Asegurar el cumplimiento de los derechos y obligaciones de los servidores públicos adscritos a las áreas de la Secretaría y, en su caso, notificar las faltas a los ordenamientos establecidos a fin de que se apliquen las medidas y sanciones administrativas, preventivas y correctivas que se haga acreedor el personal de la Institución;


 


X. Autorizar mediante acuerdo con el Secretario y con base a la normatividad vigente, las plazas y contrataciones que por necesidad del servicio se requieran en los centros escolares y administrativos del sistema educativo en el estado;


 


XI. Revisar que las Altas, Bajas y demás movimientos del personal que labora en la Secretaria estén apegados a la normatividad vigente;


 


XII. Vigilar que el departamento de Recursos Humanos proporcione a todos los trabajadores de la dependencia los documentos que el trabajador solicite para identificarse y /o constancia del servicio que proporciona en la Institución, para todo tipo de tramite personal;


 


XIII. Asegurar que todos los trabajadores de la Secretaría en el estado cuenten con seguridad social;


 


XIV. Vigilar que el personal de la Secretaria reciba además de su sueldo las prestaciones, estímulos y recompensas que le correspondan a cada trabajador;


 


XV. Llevar el control de licencias para cubrir comisiones de carácter sindical de los trabajadores de la Educación, que autorice el Secretario;


 


XVI. Tramitar las solicitudes para cambio de adscripción fuera del Estado de los trabajadores que lo solicitan, acordadas por el Secretario;


 


XVII. Participar en la resolución de los dictámenes escalafonarios de la Comisión Estatal Mixta de Escalafón de la Secretaría y tramitarlos, siempre y cuando cumplan con la normatividad vigente;


 


XVIII. Asegurar la capacitación del personal administrativo en el desempeño de sus actividades, logrando la mejora en las condiciones económicas, sociales, culturales y de trabajo en la Secretaría;


 


XIX. Coordinar y Operar los programas de seguridad e higiene;


 


XX. Administrar los recursos autorizados para la operación del sistema educativo estatal, vigilando el cumplimiento de las disposiciones de carácter normativo, contable, fiscal y presupuestal que dicten las autoridades Federales y Estatales;


 


XXI. Asegurar la elaboración de los Informes Financieros que le corresponden a la Secretaría, conforme a lo establecido en las Leyes, Reglamentos y Convenios establecidos para dicho proceso;


 


XXII. Coordinar y evaluar los recursos autorizados a la dependencia, permitiendo proveer, optimizar, racionalizar y transparentar el gasto de la Institución;


 


XXIII. Asegurar que toda la documentación original que justifica el ejercicio del presupuesto se haya turnado en tiempo y forma a la Secretaria de Finanzas del Estado;


 


XXIV. Coordinar las actividades de los fideicomisos establecidos por la Secretaría, para los diferentes programas que requieren que sus recursos sean administrados a través de esta figura;


 


XXV. Autorizar las reexpediciones de cheques que sean procedentes a solicitud de los interesados, previa revisión del Departamento de Pagos;


 


XXVI. Gestionar y firmar los pagos de forma oportuna por concepto de sueldos que le corresponden a los trabajadores de la Secretaría;


 


XXVII. Asegurar que los pagos que reciben los trabajadores sean conforme a los tabuladores vigentes, así como sus percepciones y deducciones que se apliquen se realicen de acuerdo al catalogo de sueldos establecido;


 


XXVIII. Solicitar conjuntamente con el Secretario las formas valoradas a las Instituciones bancarias para la emisión de los pagos a los trabajadores de la dependencia;


 


XXIX. Autorizar y enviar las cifras del capítulo de servicios personales a la Secretaría de Finanzas de manera quincenal, para que dicho recurso sea liberado y emitir los pagos al personal de la Secretaría;


 


XXX. Autorizar los pagos de las remuneraciones de los programas de apoyo y de programas compensatorios (becas) de la Secretaría;


 


XXXI. Suscribir los requerimientos de compras y contratación de servicios de las diferentes áreas de la dependencia, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y a la normatividad establecida;


 


XXXII. Solicitar a la Secretaría de Administración los procesos, licitaciones y concursos o invitaciones para la adquisición de bienes muebles;


 


XXXIII. Suscribir el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la dependencia y enviarlo a la Secretaría de Administración;


 


XXXIV. Atender y planear las medidas necesarias para el control, conservación, mantenimiento y, en general, el buen uso y servicio de los inmuebles destinados a la Secretaría;


 


XXXV. Entregar estímulos a los trabajadores que determinen las disposiciones normativas;


 


XXXVI. Actualizar en forma conjunta con los diferentes departamentos de la coordinación administrativa las estrategias de mantenimiento y supervisión de los sistemas de información;


 


XXXVII. Asegurar el establecimiento y operación de programas en materia de seguridad e higiene en la Secretaría, y


 


XXXVIII. Las demás que establezcan las disposiciones administrativas y legales aplicables.



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