DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Jefatura de Oficina del Gobernador
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
11 septiembre, 2013
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 septiembre, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Juan de Dios Fernández Orozco
Dirección de Planeación Territorial
Departamento de Polígonos de desarrollo Territorial.
POR: Jefatura de Oficina del Gobernador
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Poligonos de desarrollo territorial.
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
Establecido en el Artículo 71 del Reglamento Interior de las Unidades Administrativas del Titular del Ejecutivo del Estado. . Publicado en el Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, de fecha 5 de enero del 2013.
Manual de Organización de la Unidad de Planeación. Apartado 1.5.1.
Atribuciones:
I Elaborar los lineamientos del programa de ordenamiento territorial, en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública estatal y agentes que intervienen en el proceso, para conducir la política de desarrollo del estado;
II Determinar las variables socio demográficas para la definición de los Polígonos de Desarrollo Territorial;
III Establecer un mecanismo de coordinación con los municipios para promover el seguimiento a las directrices de ordenamiento territorial del estado;
IV Realizar la interpolación de áreas territoriales basada en las variables específicas, para promover el desarrollo equilibrado del territorio;
V Analizar la multitud de relaciones espaciales para su intervención focalizada, de acuerdo a la composición de los polígonos;
VI Elaborar propuestas con base en la caracterización del territorio, para optimizar la planificación y gestión territorial;
VII Analizar y diseñar las variables específicas de una determinada área geográfica para la focalización de políticas públicas y programas especiales;
VIII Proponer la construcción de obras de infraestructura que contribuyan al desarrollo local y regional;
IX Promover e impulsar la introducción de esquemas de financiación y concurrencia adecuada de recursos que faciliten la realización de proyectos sociales y de infraestructura;
X Asesorar y capacitar en la aplicación y seguimiento del programa de ordenamiento territorial a las dependencias y entidades de la administración pública estatal de los tres ámbitos de gobierno, a fin de favorecer un desarrollo territorial equilibrado;
XI Administrar la información relativa a planes y programas de ordenamiento territorial, para identificar áreas de oportunidad del desarrollo, y
XII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables.
ETIQUETAS
¿QUÉ OPINAS DE ESTE DOCUMENTO?
ESTE DOCUMENTO AÚN NO PERTENECE A NINGUNA LISTA
REFERENTE AL MISMO ARTÍCULO Y FRACCIÓN
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016