DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de las Mujeres
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
9 septiembre, 2013
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 septiembre, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Selene Ramírez Briones
Coordinación Jurídica
Unidad de Enlace de Acceso a la Información Pública
POR: Secretaría de las Mujeres
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Supervisar que las solicitudes de acceso a la información que elabora la
ciudadanía por medio de INFOMEX, los sistemas establecidos, las acciones
derivadas de las funciones de la unidad de enlace y el portal de
obligaciones de transparencia, cumplan con lo dispuesto en la Ley de
Transparencia y Acceso al a Información Pública del Estado de Zacatecas y
demás disposiciones legales relacionadas con la materia.
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
Manual de Organización de la Secretaría de las Mujeres
Atribuciones:
FUNCIONES:
I. Responder las solicitudes de información fundando y motivando su resolución en los términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas y su Reglamento;
II. Auxiliar a los interesados en la elaboración de solicitudes y, en su caso, orientarlos sobre las dependencias administrativas, entidades académicas u órganos que pudieran tener la información solicitada;
III. Realizar los trámites internos necesarios para localizar y, en caso de ser procedente, entregar la información solicitada;
IV. Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, sus respuestas y, en su caso, los costos generados;
V. Recabar, difundir y actualizar la información pública de oficio a que se refiere el artículo 11 de la Ley de Transparencia y Acceso al a Información Pública del Estado de Zacatecas;
VI. Proporcionar a los solicitantes información pública, clara, veraz, oportuna, suficiente, pertinente, desagregada por género, en la forma y términos previstos por la Ley de Transparencia y Acceso al a Información Pública del Estado de Zacatecas;
VII. Llevar registro de las solicitudes de acceso a la información, rectificación, cancelación u oposición de publicación de datos personales, sus resultados y costos;
VIII. Gestionar con las demás unidades administrativas de la Secretaría, la aplicación de criterios específicos en materia de clasificación y conservación de documentos administrativos, así como la organización de archivos, en los términos de la Ley de la materia, así como informar a la Secretaria, cuando se obstaculice la entrega de información por alguna deficiencia en este rubro;
IX. Clasificar la información, contenida en las respuestas a las solicitudes de información, como pública, reservada o confidencial;
X. Elaborar informes bimestrales de actividades o en cualquier momento que se le solicite, y
XI. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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