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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de las Mujeres
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

9 julio, 2013

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 septiembre, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Brenda Karina Castañeda Juárez
Unidad de Enlace de Acceso a la Información Pública

 

Unidad de Enlace de la Secretaría de las Mujeres, Procesos, Domicilio, Horarios de Atención y Costos

POR: Secretaría de las Mujeres


De: Artículo 39 / Fracción VI

La fracción refiere a: Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados


Descripción:

Con el fin de otorgar atención oportuna a la Ciudadanía, se presenta la información acerca del sistema electrónico Infomex para llevar a cabo solicitudes de acceso a la información ante la Secretaría de las Mujeres, el proceso de atención, sus oficinas y ubicación, teléfonos, horario de atención, página electrónica, listado de pago de cuotas cuando procede algún cobro así como del responsable de atender las solicitudes de acceso a la información y Titular de la Unidad de Enlace..


Nombre del Titular: T.C. Brenda Karina Castañeda Juárez

Domicilio:

Circuito Cerro del Gato No. 222, 1er piso, Edificio K,
Col. Ciudad Administrativa, Zacatecas, Zac.
C.P. 98160
 

Teléfono: 01(492) 4915085 ext. 45100

Horario de Atención: Atención personalizada de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs o por sistema electrónico INFOMEX ZACATECAS

Costos por reproducción del material:

Se le hace del conocimiento al público en general que dadas las reformas realizadas a la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas contenidas en el Decreto No. 255 cuya entrada en vigor lo fue el dia primero de enero del año 2015, se desprende que en su articulo 69 BIS se registro un incremento en materia de expedicion de documentos relacionados con el acceso a la información publica, por lo que fue indispensable generar los mecanismos legales qque permitan subsidiar los costos cuidando asi la economia de los ciudadanos requirentes de información, pues la misma no debe representar más alla del precio de los insumos utilizados en la reproducción de la información por lo anteriormente expuesto y fundado, se emite el DECRETO GUBERNATIVO MEDIANTE EL CUAL SE OTORGAN SUBSIDIOS FISCALES EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015


Con fundamento en el Artículo 82 de La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas que a la letra dice:

El sujeto obligado podrá efectuar el cobro de derechos por la reproducción de información pública, cuyas cuotas determinen las correspondientes leyes tributarias. Los costos por obtener información pública deberá ser a precio comercial promedio del lugar de residencia del sujeto obligado, los cuales no podrán ser superiores a la suma de:

I.- El costo de los materiales utilizados en la reproducción de la información y
II.- El costo de envío.
Las copias certificadas tendrán el costo que se determine conforme a la legislación aplicable.


DECRETO GUBERNATIVO MEDIANTE EL CUAL SE OTORGAN SUBSIDIOS FISCALES EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015


Artículo Primero :
I.- Por la expedición de la copia simple por hoja ............................. $ 1.00
II.- Por la expedición de copia certificada por hoja .......................... $ 1.70
III.- Por la expedición de copia a color por hoja .............................. $ 1.70
IV.- Cada hoja enviada por internet con información  ....................... $ 1.70
V.- Por cada hoja transferida a un medio de almacenamiento (USB, CD, o cualquier otro) que contenga la información requerida .................... $ 1.70

Artículo Segundo : En el supuest de que los documentos que se soliciten ya se encuentren digitalizados en medios electronicos, de almacenamiento magnético, o publicados en los respectivos portales de transparencia, el subsidio será del 100% del costo que se causaría.

Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas y el Decreto No. 255 correspondiente a la reforma en materia fiscal de fecha 31 de Diciembre del 2014 y que para tal efecto establece:
VIII) Cuando se requiera el envio de información a través del Servicio Postal Mexicano o empresas privadas de mensajería, además del costo que se cause por la expedición de copias que se refiere el presente artículo, dicho evento tendrá un costo de: 
a) Por conducto del Servicio Postal Mexicano ........................... $ 66.00
b) A través de empresa de mensajería estatal ......................... $ 198.00
c) A través de empresa de mensajería nacional ....................... $ 462.00
d) A través de empresa de mensajería extranjero . .................. $ 660.00

Proceso:

PROCESOS DE ATENCIÓN A SOLICITUDES DE INFORMACIÓN

La ciudadanía interesada en acceder a la información de oficio en poder de la Secretaria de la Función Pública del Gobierno del Estado, puede acudir personalmente ante la Unidad de Enlace de la Dependencia, ante la cual podrá tramitar su solicitud por escrito, recibiendo la oportuna atención y apoyo para realizarla, la puede llevar ya en medio escrito, o solicitarla vía telefónica o por medio del correo electrónico, siempre en un ambiente de respeto, o bien, puede realizar su solicitud a través del sistema electrónico Infomex-Zacatecas, cualquiera de estas formas deberán contener:

I.- Nombre del sujeto obligado (Dependencia) ante quien se dirija la solicitud; 
II.- La descripción del o los documentos o la información que se solicita proporcionando, de ser posible, cualquier dato que facilite su localización. 
III.- Domicilio y correo electrónico para recibir la información o notificaciones al respecto de si la información solicitada es confidencial o se generara una versión publica; 
IV.- La modalidad en la que prefiere recibir la información solicitada, la cual podrá ser mediante consulta directa, copias simples, copias certificadas, digitalizadas en un CD, por paquetería certificada u otro tipo de medio electrónico como lo es el Sistema Infomex. 
V.- El nombre del solicitante y su perfil para propósitos estadísticos. Esta información será proporcionada por el solicitante de manera voluntaria. 

El plazo de respuesta no debe ser mayor de 10 días hábiles y en casos excepcionales hasta 20 días hábiles, a partir de la recepción de la solicitud, esto en atención a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas.

Para información adicional consultar la URL:


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