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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Coordinación General Jurídica
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

3 febrero, 2012

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 junio, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

M. en A. Norma del Socorro Macías Márquez
Coordinacion Administrativa

 

Unidad de Enlace de Acceso a la Información Pública. Coordinación General Jurídica

POR: Coordinación General Jurídica


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Vigilar el cumplimiento de lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Zacatecas para transparentar las acciones de Gobierno.


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:

 

Manual de Organización de la Coordinación General Jurídica.

Reglamento Interior de la Coordinación General Jurídica del Gobierno del Estado de Zacatecas  Art. 8 y Art. 10 

 

 

Atribuciones:

  1. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información pública, y a las relativas al ejercicio de la acción de protección de datos personales;
  2. Difundir, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, la información pública de oficio a que se refiere esta Ley;
  3. Vigilar en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, el resguardo y la correcta administración de la información como reservada o confidencial;
  4. Proponer en las unidades administrativas de su adscripción la actualización trimestral de la información pública de oficio a que se refiere esta Ley;
  5. Orientar y auxiliar a las personas, en la elaboración y entrega de las solicitudes de acceso a la información pública, así como en la consulta de la información pública de oficio;
  6. Realizar los trámites y gestiones internos necesarios para entregar la información pública solicitada y efectuarlas notificaciones correspondientes;
  7. Promover la capacitación y actualización de los servidores públicos adscritos a su Dependencia o Entidad;
  8. Administrar y actualizar mensualmente el registro de las solicitudes, respuestas, trámites y costos que implique el cumplimiento de sus atribuciones;
  9. Facilitar el ejercicio de derecho de acceso a la información pública, y a la protección de datos personales, de acuerdo con esta Ley, y
  10. Las demás que establecen las disposiciones legales y administrativas aplicables.



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