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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

2 febrero, 2012

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

22 noviembre, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Martha Cecilia García Avila
recursos humanos

 

Unidad de Enlace de la Ley de Transparencia Acceso a la Información Pública

POR: Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Recibir y atender las solicitudes de información pública que presente la ciudadanía respecto de las actividades que desempeña la Junta, conforme a lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:


Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos


Leyes


Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas. Título III Capítulo único,  Artículo 36 Fracción. VI Publicada en el Periódico Oficial el 30 - XII - 2000.

 


Ley de Protección y Conservación de Monumentos del patrimonio Cultural del Estado de Zacatecas. Periódico Oficial del 14 de Diciembre


Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas. Título I Capítulo Segundo, Artículo 9 Fracción. VIII  Publicada en el Periódico Oficial el 8 - IX - 2001.

 

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas. Publicada en el Periódico Oficial

 

Estatuto Orgánico de la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas

 

Atribuciones:

I. Recabar y recibir la información por medios magnéticos y/o impresos de los usuarios del sistema INFOMEX; II. Actualizar en un período de diez días el Portal de Transparencia con la finalidad de que los ciudadanos conozcan la información de las acciones que realiza la Junta; III. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información para dar respuesta a las dudas e inquietudes que en quehacer gubernamental presentan los ciudadanos; IV. Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes y, en su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados que pudieran tener la información que solicitan; V. Proporcionar capacitación a las unidades administrativas de la Junta, para la correcta y el puntual cumplimiento de la Ley de Transparencia



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