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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

2 febrero, 2012

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

22 noviembre, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Martha Cecilia García Avila
recursos humanos

 

Vocales de la Junta de Monumentos

POR: Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Vigilar el cumplimiento de la Ley de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas, logrando la protección, conservación y rescate de los monumentos ubicados en los centros históricos protegidos por esta ley.


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:


Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Leyes.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas. Título III Capítulo único,  Artículo 36 Fracción. VI Publicada en el Periódico Oficial el 30 - XII - 2000.


Ley de Protección y Conservación de Monumentos del patrimonio Cultural del Estado de Zacatecas. Periódico Oficial del 14 de Diciembre del 2013


Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas. Título I Capítulo Segundo, Artículo 9 Fracción. VIII  Publicada en el Periódico Oficial el 8 - IX - 2001.

Estatuto Orgánico de la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas.

Manual de Organización de la Junta Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas.

 


 

 

Atribuciones:

Vigilar y promover el cuidado, protección y conservación de los monumentos ubicados en los centros históricos protegidos por la Ley; III. Acordar con el Titular del Ejecutivo del Estado los asuntos encomendados a la Junta, así como desempeñar las comisiones y funciones especiales que éste le confiera e informarle del desarrollo de las mismas, que facilite la toma de decisiones acertadas; IV. Autorizar los proyectos de particulares, que soliciten intervención de obra y que cumplan con lo establecido en la Ley y con las recomendaciones que se estipulen en el Pleno de la Junta; V. Proponer al Consejo, el Programa Operativo Anual de la Junta



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