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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Instituto Zacatecano de Educación para Adultos
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

3 octubre, 2014

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

18 noviembre, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Elisabeth Núñez Monreal
Subdirección de Administración y Finanzas

 

Subdirección de Servicios Educativos

POR: Instituto Zacatecano de Educación para Adultos


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Organizar las capacitaciones y actualizaciones a las figuras solidarias y al personal Institucional referente a los procesos técnico-pedagógicos que son de competencia de la Subdirección de Servicios Educativos e informar a la Secretaría Particular, así como a la Dirección General de los resultados, entre otras funciones.


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:

Manual de Organización del Instituto Zacatecano de Educación para Adultos

Atribuciones:

I. Elaborar el Programa Operativo Anual correspondiente a la Subdirección de Servicios Educativos, y ponerlo a consideración de la Subdirección de Planeación y Evaluación para su validación y autorización;

II. Planear y organizar las capacitaciones y actualizaciones de las figuras solidarias y al personal institucional referente a los procesos técnico-pedagógicos que son de competencia de la Subdirección de Servicios Educativos e informar a la Secretaría Particular así como a la Dirección General de los resultados;

III. Dar a conocer la normatividad aplicable vigente para los procesos académicos y administrativos a los técnicos docentes y asesores de cada Coordinación Regional en tiempo y forma;

IV. Verificar que los procedimientos técnicos-pedagógicos cumplan con los lineamientos establecidos a nivel federal y estatal en acuerdo con las Coordinaciones Regionales;

V. Mantener una adecuada comunicación con Oficinas Centrales en relación al otorgamiento de los servicios educativos al usuario y todo lo que compete a su unidad administrativa;

VI. Mantener actualizada la base de datos que se ingresa al Sistema Automatizado de Seguimiento y Acreditación, de los técnicos docentes y asesores que conforman el quehacer del Instituto en acuerdo con el Coordinador Regional y el Patronato Pro-Educación;

VII. Vincular los módulos de estudio conforme a los niveles inicial, intermedio y avanzado, previo informe de la Coordinación Regional en cuanto a la atención solicitada en las microrregiones e informar a la Subdirección de Planeación y Evaluación para su autorización y validación;

VIII. Verificar que lo establecido en cuanto contenidos, métodos y materiales sean adecuados para los educandos mayores de 15 años y a adultos, coadyuvando con los proyectos especiales Consejo Nacional de Educación para la Vida y el Trabajo, ofertando mejor calidad en el servicio;

IX. Proponer alternativas al proceso de enseñanza-aprendizaje, orientado a los técnicos docente y a las figuras solidarias que participan en los círculos de estudio, puntos de encuentro y plazas comunitarias;

X. Implementar controles internos para el adecuado funcionamiento en las plazas comunitarias, puntos de encuentro y círculos de estudio en acuerdo con las Coordinaciones Regionales, e informar a las Subdirecciones Técnica, Planeación Evaluación y Acreditación;

XI. Solicitar a Oficinas Centrales la autorización de la creación de las Plazas Comunitarias, conforme a lo estipulado en la norma y a las necesidades que presentan las Coordinaciones Regionales, e informar a las Subdirecciones de Planeación y Evaluación, Acreditación, Técnica e Informática y Sistemas;

XII. Autorizar el pago relacionado con Plazas Comunitarias y las figuras solidarias que sean de su competencia, conforme a la normatividad vigente estipulada, informar a la Subdirección de Planeación y Evaluación, Informática y Sistemas, Secretaria Particular y al Director General;

XIII. Establecer un control preciso para detectar posibles inconsistencias en cuanto al desarrollo del proceso técnico-administrativo de las Plazas Comunitarias, así como la vinculación de los módulos en el Sistema Automatizado de Seguimiento y Acreditación (SASA) y figuras solidarias de su competencia, conforme a la norma vigente para este rubro, e informar a la Subdirección de Planeación y Evaluación, e Informática y Sistemas;

XIV. Realizar estudios y proyectos técnicos-pedagógicos para mejorar la atención y los servicios educativos que se ofrecen a los adultos;

XV. Propiciar con otras instituciones y organismos para la atención de los adultos, de acuerdo a disposiciones y normas que regulen y faciliten su participación, en coordinación con la Unidad de Proyectos Especiales y establecer un control de las instituciones que coparticiparan en el rezago educativo;

XVI. Evaluar el desempeño y calidad de los servicios educativos a través de los índices de eficiencia y pertinencia de aprendizajes en las coordinaciones regionales en cuanto al cumplimiento de metas y productividad;

XVII. Diagnosticar a través de un monitoreo constante de la información que proporciona el Sistema Automatizado de Seguimiento y Acreditación (SASA), lo competente a las asesorías que ofrece el Instituto a través de la Subdirección para la toma de decisiones oportuna y adecuada;

XVIII. Mantener una estrecha comunicación con las Subdirecciones Técnica, Planeación y Evaluación y Acreditación que tienen inherencia directa en los procesos técnicopedagógicos-administrativos para aportar a la sociedad en rezago educativo mejores alternativas de vida;

XIX. Informar del comportamiento que de acuerdo a la naturaleza de las coordinaciones regionales se genere al interior y que sea de competencia de la Subdirección de Servicios Educativos, a las unidades administrativas involucradas en el desarrollo del mismo, específicamente a las Subdirecciones Técnica, Planeación y Evaluación y

XX. Distribuir en coordinación con el Departamento de Recursos Materiales y Servicios los módulos de enseñanza aprendizaje a las coordinaciones regionales conforme a lo que se esté solicitando en atención a educando y que haya sido registrado en el Sistema Automatizado de Seguimiento y Acreditación (SASA), comunicando a las Subdirecciones Acreditación, Planeación y Evaluación y Técnica;

XXI. Utilizar las herramientas normativas-administrativas para llevar a cabo la realización de los procesos educativos del Instituto Zacatecano de Educación para Adultos;

XXII. Autorizar conforme a las necesidades de las Coordinaciones Regionales la calendarización de la plaza móvil, y

XXIII. Desarrollar todas aquellas inherentes a su área, las demás que le encomiende el Director General.


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