DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Instituto de Selección y Capacitación del Estado
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
12 octubre, 2011
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
22 agosto, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Liliana Angélica Vélez Rodríguez
Dirección Jurídica
Dirección Jurídica
POR: Instituto de Selección y Capacitación del Estado
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Asesorar y apoyar a las unidades administrativas del instituto en las consultas de carácter jurídico, tramitar y sustanciar lo contencioso administrativo.
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
Manual de Organización del Instituto de Selección y Capacitación del Estado
Atribuciones:
Dirección Jurídica
Funciones
I. Coordinar las actividades del Departamento de Normatividad, para eficientar el funcionamiento de la Dirección;
II. Emitir opiniones de carácter jurídico sobre la aplicación de las disposiciones legales y administrativas que regulan las actividades y funcionamiento del Instituto;
III. Proporcionar la asesoría legal necesaria a las unidades administrativas y a los usuarios de los servicios del Instituto que la soliciten a fin de dar sustento jurídico a sus requerimientos;
IV. Apoyar a las unidades administrativas del Instituto en la revisión y elaboración de las disposiciones legales y administrativas que propongan;
V. Proponer medidas para la observancia interna de las disposiciones legales y administrativas relacionadas con el funcionamiento del Instituto;
VI. Revisar contratos de prestación de servicios, convenios y acuerdos de coordinación que suscriba el Instituto, para verificar la sustentación legal;
VII. Apoyar a la Dirección General en la tramitación de demandas administrativas, laborales, civiles y mercantiles; denuncias y querellas penales, así como en la substanciación de recursos y juicios de amparo sobre asuntos que sean competencia del Instituto;
VIII. Integrar la información, documentación y toda clase de elementos de carácter probatorio para dar atención a los asuntos contencioso en que sea parte el Instituto;
IX. Proponer a la Dirección General los requerimientos para la celebración de contratos, convenios y acuerdos que celebre el Instituto;
X. Analizar y estudiar la normatividad aplicable al Instituto a fin de proponer las reformas o adiciones pertinentes;
XI. Someter a consideración de la Dirección General la publicación en el Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del Estado, de aquéllos documentos que por instrucciones de la Junta Directiva deban difundirse por este medio;
XII. Proyectar las erogaciones requeridas para llevar a cabo las funciones encomendadas y que las mismas sean consideradas en el Programa Operativo Anual del Instituto;
XIII. Coadyuvar con las unidades administrativas en los proyectos Institucionales, y
XIV. Las demás que establezcan las disposiciones legales y administrativas aplicables.
ETIQUETAS
¿QUÉ OPINAS DE ESTE DOCUMENTO?
ESTE DOCUMENTO AÚN NO PERTENECE A NINGUNA LISTA
REFERENTE AL MISMO ARTÍCULO Y FRACCIÓN
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016