USA LOS FILTROS PARA MEJORAR TU BÚSQUEDA.
¿QUÉ ESTÁS BUSCANDO?

Para una búsqueda concreta hacerlo entre comillas
Ejemplo: "Manual de Tramites y Servicios"


BUSCAR EN:

EN LA FRACCIÓN:
¿A qué refieren las fracciones?


BUSCAR POR FECHA DE PUBLICACIÓN:


Borrar fechas


VER CONTENIDO:

COMPARTE LA INFORMACIÓN

DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Instituto de Selección y Capacitación del Estado
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

12 octubre, 2011

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

25 agosto, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Liliana Angélica Vélez Rodríguez
Dirección Jurídica

 

Dirección de Profesionalización

POR: Instituto de Selección y Capacitación del Estado


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Se difunden las atribuciones de la Dirección de Profesionalización.


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:


Manual de Organización del Instituto de Selección y Capacitación del Estado

 

Atribuciones:

Dirección de Profesionalización Funciones

I.- Coordinar las actividades de los Departamentos de Capacitación, Certificación e Instructores;
II. Dar estricto cumplimiento a las disposiciones legales y administrativas en materia de capacitación, certificación e instructores;
III. Detectar las necesidades de capacitación de los servidores públicos en las dependencias y entidades, a fin de generar el Plan General capacitación;
IV. Recopilar e integrar información estadística relacionada con las necesidades de inducción, actualización, especialización y formación de los servidores públicos de carrera adscritos a las dependencias y entidades, proponiendo las medidas para su satisfacción;
V. Gestionar prácticas en instituciones académicas y con expertos en la elaboración y perfeccionamiento del diseño curricular, a fin de contar con mejores contenidos que garanticen mejor resultados de los diferentes eventos de capacitación;
VI. Proponer normas y procedimientos para operar la capacitación de los servidores públicos de carrera;
VII. Elaborar, en coordinación con las dependencias y entidades, el Plan General de Capacitación que contenga los programas específicos y cronogramas de los eventos de capacitación respectivos;
VIII. Proponer los planes de estudio, así como la bibliografía básica que coadyuve a la profesionalización de los servidores públicos de carrera;
IX. Promover la actualización permanente del contenido temático de los eventos académicos de capacitación;
X. Organizar y coordinar los eventos académicos de capacitación en sus diferentes modalidades, para dar cumplimiento al Plan General de Capacitación;
XI. Coordinar las acciones de la Entidad de Certificación y Evaluación de competencias del Instituto, así como del Centro Evaluador Microsoft;
XII. Evaluar y dar seguimiento al proceso de capacitación y certificación de los servidores públicos de carrera;
XIII. Inducir a los servidores públicos de carrera al Sistema, en coordinación con la Dirección de Reclutamiento y Selección;
XIV. Evaluar los resultados de los eventos académicos de capacitación impartidos;
XV. Proponer a la Dirección General la realización de convenios de colaboración en materia de profesionalización con otras instancias al interior del Estado, a nivel nacional e internacional;
XVI. Organizar y proveer la certificación de los servidores públicos de carrera del Poder Ejecutivo del Gobierno el Estado de conformidad con los convenios correspondientes;
XVII. Dirigir la operación de los programas de capacitación contratados con instancias externas al Instituto y vigilar su adecuado funcionamiento;
XVIII. Vigilar y controlar la acreditación de los eventos académicos de capacitación, así como la elaboración de las constancias o diplomas;
XIX. Proponer a la Dirección General la invitación de los especialistas y conferencistas, cuya presencia sirva para incrementar la excelencia en la capacitación brindada por el Instituto;
XX. Gestionar la formación de los capacitadores, evaluadores y certificadores internos, a efecto de mantenerlos actualizados en los temas de su competencias;
XXI. Identificar, seleccionar, elaborar y modificar los materiales didácticos de apoyo que se brinden en los eventos de capacitación;
XXII. Colaborar en la actualización permanente del Registro Único;
XXIII. Vigilar y supervisar los programas académicos de los capacitadores, a fin de asegurar que cumplan con los objetivos establecidos;
XXIV. Colaborar con instituciones y organismos similares al Instituto y otros que imparten capacitación y certificación, a efecto de intercambiar experiencias, asistencia técnica y profesional;
XXV. Proyectar las erogaciones en materia de capacitación y certificación a fin de ser consideradas en el Programa Operativo Anual del Instituto;
XXVI. Llevar a cabo encuestas de opinión en relación con los eventos de capacitación impartidos que favorezcan la retroalimentación y mejora de los mismos;
XXVII. Coadyuvar con las unidades administrativas en los proyectos Institucionales, y
XXVIII. Las demás que establezcan las disposiciones legales y administrativas aplicables.



Guardar como favorito (0) Guardar en una lista
Aún no has creado listas.
Agregar a una lista nueva


ETIQUETAS
¿QUÉ OPINAS DE ESTE DOCUMENTO?
ESTE DOCUMENTO AÚN NO PERTENECE A NINGUNA LISTA
REFERENTE AL MISMO ARTÍCULO Y FRACCIÓN
CON TEMAS EN COMÚN