DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
2 julio, 2014
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
31 marzo, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Myrna Fernández Mejía
Dirección Operativa
Solicitud para intervenir, rehabilitar, regenerar, restaurar o remodelar inmuebles privados.
POR: Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado
De: Artículo 39 / Fracción II
La fracción refiere a: Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables
Descripción:
El Trámite es aquel que deben realizar todos aquellos interesados en intervenir un inmueble ubicado dentro de la Zona declarada por el artículo 26o en su caso colindante a ellas; o bien de todos aquellos considerados monumento según lo previsto en la Ley de Protección y Conservación del Patrimonio Cultural del Estado de Zacatecas. Siempre que trate de intervenir una obra nueva, restauración, rehabilitación, remodelación y obras menores El Trámite se desenvolver? según se trate el caso ya sea de un bien inmueble de los cuales sean propietarios los particulares, en donde deberán llenar la solicitud SO-1, y así comenzar el procedimiento para dirimir la autorización o en su caso las recomendaciones que deberán atender.
Tipo : Tramite
Tiene Formato: SI
Horario de Atención:
Lunes a viernes de 8:00-16:00
Domicilio:
Avenida Insurgentes 315 , Col. Zacatecas Centro , Zacatecas Zacatecas . C.P. 98000
Teléfono: (492) 9254543
Requisitos:
Los requisitos necesarios e indispensables para dar trámite a la solicitud, se encuentran en el documento adjunto.
Tiempo de Respuesta:
De acuerdo al artículo 43 de la Ley que rige se notifica la resolución en un término de 20 días hábiles.
Costo:
El Trámite es GRATUITO, sin embargo una vez que se cuente con la autorización expresa por parte de la H. Junta; se deberá acudir a las oficinas del Ayuntamiento para que se proporcione la licencia de construcción la cual si tiene un debido costo.
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