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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Servicios de Salud de Zacatecas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

19 octubre, 2002

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

31 marzo, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

C. Jaime Enrique Cortes Navia

 

Departamento de Control de Insumos para la Salud

POR: Servicios de Salud de Zacatecas


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Nivel: Jefatura de departamento

Fundamento Legal:


Artículo 92 del Estatuto Organico de los Servicios de Salud de Zacatecas.


Atribuciones: Ejercer la vigilancia y control sanitario de farmacias, droguerías, boticas y almacenes de aparatos y artículos ortopédicos y de plantas medicinales.
Vigilar el cumplimiento de la normatividad sanitaria a que deberán de sujetarse el proceso y uso de medicamentos alopáticos, homeopáticos y herbolarios, estupefacientes, sustancias psicotrópicas y productos de origen biológico.
Vigilar el cumplimiento de las normatividad sanitaria a que deberán de sujetarse el proceso, importación y exportación de los equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos, de curación, productos higiénicos e instrumentos para el diagnóstico clínico y otros productos que le competan.
Vigilar el cumplimiento de las políticas, procedimientos y normas de operación de farmacias, boticas y droguerías, así como su organización, funcionamiento e ingeniería sanitaria de estos establecimientos.
Recibir y elaborar los permisos para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes; avisos de previsiones de compraventa de estupefacientes para farmacias, droguerías y boticas; e integrar el expediente de las solicitudes de permiso de libros de control de estupefacientes y psicotrópicos para farmacias, droguerías y boticas.
Elaborar y promover programas de fomento sanitario dirigidos al público, con el propósito de facilitar el cumplimiento de la legislación sanitaria en el ámbito de su competencia.
Recibir las reacciones adversas a los medicamentos que sean notificadas por los profesionales de la salud en el estado y enviarlas al Centro Nacional de Farmacovigilancia.
Recibir y dar trámite a los avisos de funcionamiento de las farmacias, droguerías y boticas. Integrar los expedientes de las solicitudes de licencia de farmacias, droguerías y boticas que expenden estupefacientes, psicotrópicos, vacunas, toxoides, sueros y antitoxinas de origen animal y hemoderivados; y recibir el aviso de responsable sanitario correspondiente.
Actuar como ventanilla de trámite para los avisos de funcionamiento y de responsable sanitario, e integrar los expedientes de solicitudes de licencia sanitaria de los almacenes de depósito y distribución de medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos, vacunas, toxoides, sueros y antitoxinas de origen animal y hemoderivados.
Vigilar la publicidad de información a los médicos, sobre el uso y prescripción de los medicamentos y dispositivos médicos.
Actuar como ventanilla de trámite con respecto a los permisos de importación de dispositivos médicos sin registro sanitario destinados a uso personal, donación, maquila, que no se comercialice en el país e instituciones gubernamentales.
Promover y mantener actualizado el padrón de personas físicas y morales en materia de su competencia.
Las demás facultades que le señalen otras disposiciones legales reglamentarias.



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