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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Servicios de Salud de Zacatecas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

19 octubre, 2002

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

31 marzo, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

C. Jaime Enrique Cortes Navia

 

Departamento de Control de Bienes y Servicios

POR: Servicios de Salud de Zacatecas


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Nivel: Jefatura de departamento

Fundamento Legal:


Artículo 91 del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud de Zacatecas.


Atribuciones: Ejercer el control y vigilancia sanitaria de las actividades, productos, establecimientos y servicios, vinculados con el proceso de importación y exportación; servicios y expendio de alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas, productos de perfumería, belleza y aseo, tabaco, materias primas y aditivos que intervengan en su elaboración y sustancias o alimentos que puedan afectar su proceso.
Vigilar el cumplimiento de las normatividad sanitaria en las materias de su competencia, correspondientes a los establecimientos, productos, actividades y servicios.
Establecer mecanismos de coordinación con el Laboratorio Estatal de Salud Pública para la recepción de muestras y envío de resultados.
Coordinar las actividades de Control y Fomento Sanitario con las demás áreas de “Los Servicios”, así como promover los mecanismos de coordinación intersectorial.
Promover la actualización del padrón de establecimientos y productos, materia de su competencia, así como concentrarlo y enviarlo a la Secretaría de Salud.
Aplicar las políticas y procedimientos que emita la Secretaría de Salud y “Los Servicios”, para el control sanitario del proceso, servicios y expendio, así como importación y exportación de alimentos, bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas, productos de perfumería, belleza y aseo, tabaco, materias primas, y aditivos que intervengan en la elaboración de los mismos, así como de los establecimientos servicios y actividades, y similares, vinculados con los productos mencionados.
Promover acciones orientadas a mejorar las condiciones sanitarias de los establecimientos, productos, servicios y actividades, materia de su competencia.
Recibir y dar trámite a las solicitudes de los permisos sanitarios previos de importación, recibir los avisos sanitarios de importación, y expedir los certificados para exportación, previa suscripción, del acuerdo de coordinación respectivo entre la Entidad Federativa y la Secretaría de Salud del Gobierno Federal.
Las demás que le confieran el manual de organización y la Subdirección de Control Sanitario, dentro de la esfera de sus atribuciones.



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