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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Servicios de Salud de Zacatecas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

19 octubre, 2002

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

31 marzo, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

C. Jaime Enrique Cortes Navia

 

Departamento de Saneamiento Basico

POR: Servicios de Salud de Zacatecas


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Nivel: Jefatura de departamento

Fundamento Legal:


Artículo 86 del Estatuo Orgánico de los Servicios de Salud de Zacatecas


Atribuciones: Realizar y controlar las acciones de verificación, toma de muestras, dictaminación y notificación de resultados a los establecimientos, actividades, productos y servicios en el ámbito de su competencia de acuerdo a los lineamientos y procedimientos establecidos en la Ley General de Salud y demás ordenamientos aplicables.
Orientar e informar a los usuarios que lo requieran sobre las condiciones sanitarias de las actividades, establecimientos, productos, publicidad y servicios competencia de este departamento.
Difundir y supervisar en el ámbito de su competencia, los criterios sanitarios para el uso, tratamiento y disposición de aguas residuales y excretas, para evitar riesgos y daños a la salud, lo anterior en coordinación con otras dependencias competentes y en apego a la normatividad vigente.
Instituir en la Entidad el sistema de vigilancia y certificación de la calidad de agua, así como aplicar la normatividad vigente en al materia, a que deberá sujetarse, el tratamiento del agua para el uso y consumo humano y supervisar su cumplimiento.
Supervisar la aplicación de los criterios sanitarios para el control y erradicación de la fauna nociva transmisora, dentro del ámbito de su competencia y en apego a la normatividad vigente en la materia.
Fomentar entre la población de la entidad las estrategias encaminadas a lograr las condiciones de higiene necesarias en la vivienda, que permitan eliminar riesgos y daños a la salud y supervisar estos lineamientos a través de los sistemas de saneamiento básico implementados en los niveles local, municipal, jurisdiccional y estatal. Vigilar el cumplimiento en la aplicación de los requisitos técnicos sanitarios para el adecuado tratamiento y disposición final de los desechos sólidos, que puedan generar riesgos y daños a la salud de la población.
Coordinar y evaluar el programa operativo anual con respecto a las acciones de control y fomento sanitario. Establecer mecanismos de coordinación con el laboratorio Estatal de Salud publica para la recepción de muestras y el envío de resultados.
Las demás que le confieran el manual de organización y la Subdirección de Salud Ambiental, dentro de la esfera de sus atribuciones.



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