DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Servicios de Salud de Zacatecas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
19 octubre, 2002
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
31 marzo, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
C. Jaime Enrique Cortes Navia
Subdirección de Salud Ambiental
POR: Servicios de Salud de Zacatecas
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Nivel: Sub-dirección
Fundamento Legal:
Artículo 85 del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud de Zacatecas.
Atribuciones: Supervisar la elaboración de las autorizaciones sanitarias correspondientes en el ámbito de competencia, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, así como los lineamientos y procedimientos establecidos por la Secretaría de Salud.
Promover el desarrollo de estudios e investigaciones tendientes a elevar la calidad sanitaria de las actividades, establecimientos, productos y servicios, así como en la identificación y control de factores de riesgo a la salud de la población en el ámbito de su competencia.
Participar en la elaboración de procedimientos, de conformidad con los lineamientos establecidos, que contribuyan a desarrollar las actividades en el área de la Dirección de Regulación y Fomento Sanitario en el ámbito jurisdiccional, participando en la implantación y evaluación de éstas.
Participar en la conformación y actualización del censo de establecimientos, actividades, productos y servicios, en el ámbito de competencia.
Diseñar conjuntamente con la Dirección de Regulación y Fomento Sanitario, los sistemas de información para los asuntos de su competencia en el ámbito estatal.
Supervisar y evaluar el programa operativo anual, de los Departamentos de Saneamiento Básico; de Riesgos Ambientales; de Verificación Médico Sanitaria y del Laboratorio Estatal de Salud Pública, con apego a los lineamientos establecidos.
Proporcionar la información necesaria a la Dirección de Regulación y Fomento Sanitario, en su ámbito de competencia para elaboración del diagnóstico integral de salud en materia de control y fomento sanitario.
Reportar a la Dirección de Regulación y Fomento Sanitario, los accidentes y contingencias que se presenten en el área de su competencia y realizar el seguimiento de los mismos.
Desarrollar las actividades de apoyo derivadas de las necesidades de servicios que se presenten en la Dirección de Regulación y Fomento Sanitario.
Establecer, desarrollar, coordinar y supervisar las actividades de promoción de saneamiento básico en los niveles local, municipal, jurisdiccional y estatal, de acuerdo a las estrategias del nivel federal y estatal.
Supervisar la ejecución de los métodos y procedimientos establecidos en la normatividad sanitaria conforme a los cuales se debe llevar a cabo la determinación y cuantificación de contaminantes bacteriológicos en el agua para el uso y consumo humano.
Coordinar las actividades con otras áreas de “Los Servicios” referente al fomento sanitario y promover el establecimiento de mecanismos de coordinación intersectorial.
Promover la concertación de acciones con los sectores público, social y privado para evitar que durante la producción, distribución y comercialización de productos, insumos y servicios se puedan generar riesgos o daños a la salud.
Las demás facultades que le señalen otras disposiciones legales reglamentarias.
Las atribuciones y/o actividades, que en el ámbito de su competencia le sean asignadas por la Dirección de Regulación y Fomento Sanitario.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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