DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Administración
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
2 octubre, 2015
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
1 diciembre, 2015
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Ana Lucía Muro Velázquez
Unidad de Enlace y Acceso a la Informacion Publica
Listado de información clasificada como Reservada de la Secretaría de Administración actualizado al 30 de Septiembre 2015
POR: Secretaría de Administración
De: Artículo 39 / Fracción XXIV
La fracción refiere a: Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.
Descripción:
Listado de información clasificada como Reservada de la Secretaría de Administración actualizado al 30 de Septiembre 2015
Número | Tipo | Expediente o Proceso que se Clasifica | Datos que se Clasifican | Se elaboró versión Pública | Área que Resguarda la Información | Fundamento de la Ley de Transparencia | Motivación | Periodo de Clasificación | Fecha de elaboración del Acuerdo | Fundamento Legal del Sujeto Obligado | Responsable de Información |
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1 | Reservada | solicitud de folio 000213 | contrato de adquisicion y de servicios del mobiliario y servicios de voz y datos de ciudad administrativa y como confidenciales los datos referentes al numero de credencial de elector del provedor. | SI | Direccion de Adquicisiones | De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 28 fracciones I, II y IV de la Ley de Transparencia en cita que seala textualmente: I. Cuando se trate de informacion cuya divulgacion ponga en riesgo la seguridad del Estado o municipios o la vida o la seguridad de cualquier persona II. La informacion cuya divulgacion pueda causar un serio perjuicio a las actividades de prevencion o persecucion de Los delitos, la imparticion de Justicia, la recaudacion de los mismos contribuciones, o cualquier otra accion que tenga por objeto la aplicacion de las leyes ÒÉ IV. Cuando se trate de informacin sobre estudios, proyectos y presupuestos, cuya divulgacin pueda causar daos al inters del Estado o suponga un riesgo para su realizacinÉÓ As mismo el artculo 5 fracciones XII y XVII del aludido ordenamiento que cita Literalmente: ÒÉ XII. NFORMACIîN RESERVADA. Aquella informacin pblica cuyo acceso se encuentre temporalmente restringido en los supuestos y trminos establecidos por esta LeyÉÓ "... XVII. PRUEBA DE DAO. Las razones lgico-jurdicas que demuestren que de hacerse pblica determinada informacin sera mayor el dao causado a la sociedad que el beneficio que pudiera obtenerseÉÓ | Acuerdo de clasificacion | de caracter temporal, por un periodo de 10 aos o cuando se extingan las causas que dieron origen a su desclasificacion | 9 de Octubre 2013 | De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 28 fracciones I, II y IV de la Ley de Transparencia en cita que seala textualmente: I. Cuando se trate de informacion cuya divulgacion ponga en riesgo la seguridad del Estado o municipios o la vida o la seguridad de cualquier persona II. La informacion cuya divulgacion pueda causar un serio perjuicio a las actividades de prevencion o persecucion de Los delitos, la imparticion de Justicia, la recaudacion de las mismos contribuciones, o cualquier otra accion que tenga por objeto la aplicacion de las leyes IV. Cuando se trate de informacion sobre estudios, proyectos y presupuestos, cuya divulgacion pueda causar daos al interes del Estado o suponga un riesgo para su realizacion Asi mismo el articulo 5 fracciones XII y XVII del aludido ordenamiento que cita Literalmente: XII. NFORMACION RESERVADA. Aquella informacion publica cuyo acceso se encuentre temporalmente restringido en los supuestos y terminos establecidos por esta Ley "... XVII. PRUEBA DE DAO. Las razones logico-juridicas que demuestren que de hacerse pblica determinada informacion seria mayor el dao causado a la sociedad que el beneficio que pudiera obtenerse | Lic. Ana Lucia Muro Velazquez |
2 | Reservada | solicitud de folio infomex 00041714 inf-r-10 | datos contenidos en la matrcula de los vehculos a disposicin de los servidores pblicos del gobierno del estado | si | Direccion de Activos Fijos | De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 28 fracciones I, II y IV de la Ley de Transparencia en cita que seala textualmente: I. Cuando se trate de informacion cuya divulgacion ponga en riesgo la seguridad del Estado o municipios o la vida o la seguridad de cualquier persona II. La informacion cuya divulgacion pueda causar un serio perjuicio a las actividades de prevencion o persecucion de Los delitos, la imparticion de Justicia, la recaudacion de los mismos contribuciones, o cualquier otra accion que tenga por objeto la aplicacion de las leyes ÒÉ IV. Cuando se trate de informacin sobre estudios, proyectos y presupuestos, cuya divulgacin pueda causar daos al inters del Estado o suponga un riesgo para su realizacinÉÓ As mismo el artculo 5 fracciones XII y XVII del aludido ordenamiento que cita Literalmente: ÒÉ XII. NFORMACIîN RESERVADA. Aquella informacin pblica cuyo acceso se encuentre temporalmente restringido en los supuestos y trminos establecidos por esta LeyÉÓ "... XVII. PRUEBA DE DAO. Las razones lgico-jurdicas que demuestren que de hacerse pblica determinada informacin sera mayor el dao causado a la sociedad que el beneficio que pudiera obtenerseÉÓ | Acuerdo de clasificacion | de caracter temporal, por un periodo de 10 aos | 12 de Febrero 2014 | De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 28 fracciones I, II y IV de la Ley de Transparencia en cita que seala textualmente: I. Cuando se trate de informacion cuya divulgacion ponga en riesgo la seguridad del Estado o municipios o la vida o la seguridad de cualquier persona II. La informacion cuya divulgacion pueda causar un serio perjuicio a las actividades de prevencion o persecucion de Los delitos, la imparticion de Justicia, la recaudacion de las mismos contribuciones, o cualquier otra accion que tenga por objeto la aplicacion de las leyes IV. Cuando se trate de informacion sobre estudios, proyectos y presupuestos, cuya divulgacion pueda causar daos al interes del Estado o suponga un riesgo para su realizacion Asi mismo el articulo 5 fracciones XII y XVII del aludido ordenamiento que cita Literalmente: XII. NFORMACION RESERVADA. Aquella informacion publica cuyo acceso se encuentre temporalmente restringido en los supuestos y terminos establecidos por esta Ley "... XVII. PRUEBA DE DAO. Las razones logico-juridicas que demuestren que de hacerse pblica determinada informacion seria mayor el dao causado a la sociedad que el beneficio que pudiera obtenerse | Lic. Ana Lucia Muro Velazquez |
3 | Reservada | SOLICITUDES DE FOLIO00213014 Y 001014 INF-R | la informacin cuya divulgacin pueda causar un serio perjuicio a las actividades de prevencin o persecucin de los delitos, la imparticin de justicia, las averiguaciones previas y la informacin que comprometa los procedimientos de investigacin penal como lo es en este caso en particular donde la informacin solicitada es parte del proceso de la averiguacin previa, y como dicha informacin tambin corresponde a documentos o comunicaciones internas que son parte de un proceso deliberativo previo a la toma de una decisin | si | Direccion de Recursos Humanos | De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 28 fracciones I, II y IV de la Ley de Transparencia en cita que seala textualmente: I. Cuando se trate de informacion cuya divulgacion ponga en riesgo la seguridad del Estado o municipios o la vida o la seguridad de cualquier persona II. La informacion cuya divulgacion pueda causar un serio perjuicio a las actividades de prevencion o persecucion de Los delitos, la imparticion de Justicia, la recaudacion de los mismos contribuciones, o cualquier otra accion que tenga por objeto la aplicacion de las leyes ÒÉ IV. Cuando se trate de informacin sobre estudios, proyectos y presupuestos, cuya divulgacin pueda causar daos al inters del Estado o suponga un riesgo para su realizacinÉÓ As mismo el artculo 5 fracciones XII y XVII del aludido ordenamiento que cita Literalmente: ÒÉ XII. NFORMACIîN RESERVADA. Aquella informacin pblica cuyo acceso se encuentre temporalmente restringido en los supuestos y trminos establecidos por esta LeyÉÓ "... XVII. PRUEBA DE DAO. Las razones lgico-jurdicas que demuestren que de hacerse pblica determinada informacin sera mayor el dao causado a la sociedad que el beneficio que pudiera obtenerseÉÓ | Acuerdo de clasificacion | 10 aos o hasta que las causas de clasificacion se extingan | 25 de Septiembre 2014 | De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 28 fracciones I, II y IV de la Ley de Transparencia en cita que seala textualmente: I. Cuando se trate de informacion cuya divulgacion ponga en riesgo la seguridad del Estado o municipios o la vida o la seguridad de cualquier persona II. La informacion cuya divulgacion pueda causar un serio perjuicio a las actividades de prevencion o persecucion de Los delitos, la imparticion de Justicia, la recaudacion de las mismos contribuciones, o cualquier otra accion que tenga por objeto la aplicacion de las leyes IV. Cuando se trate de informacion sobre estudios, proyectos y presupuestos, cuya divulgacion pueda causar daos al interes del Estado o suponga un riesgo para su realizacion Asi mismo el articulo 5 fracciones XII y XVII del aludido ordenamiento que cita Literalmente: XII. NFORMACION RESERVADA. Aquella informacion publica cuyo acceso se encuentre temporalmente restringido en los supuestos y terminos establecidos por esta Ley "... XVII. PRUEBA DE DAO. Las razones logico-juridicas que demuestren que de hacerse pblica determinada informacion seria mayor el dao causado a la sociedad que el beneficio que pudiera obtenerse | Lic. Ana Lucia Muro Velazquez |
4 | Reservada | SOLICITUDES DE FOLIO00270314 | Numero de elementos de Seguridad Privada que se tienen contratados para Gobierno del Estado y sus Dependencias | si | Direccion de Adquicisiones | De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 28 fracciones I, II y IV de la Ley de Transparencia en cita que seala textualmente: I. Cuando se trate de informacion cuya divulgacion ponga en riesgo la seguridad del Estado o municipios o la vida o la seguridad de cualquier persona II. La informacion cuya divulgacion pueda causar un serio perjuicio a las actividades de prevencion o persecucion de Los delitos, la imparticion de Justicia, la recaudacion de los mismos contribuciones, o cualquier otra accion que tenga por objeto la aplicacion de las leyes ÒÉ IV. Cuando se trate de informacin sobre estudios, proyectos y presupuestos, cuya divulgacin pueda causar daos al inters del Estado o suponga un riesgo para su realizacinÉÓ As mismo el artculo 5 fracciones XII y XVII del aludido ordenamiento que cita Literalmente: ÒÉ XII. NFORMACIîN RESERVADA. Aquella informacin pblica cuyo acceso se encuentre temporalmente restringido en los supuestos y trminos establecidos por esta LeyÉÓ "... XVII. PRUEBA DE DAO. Las razones lgico-jurdicas que demuestren que de hacerse pblica determinada informacin sera mayor el dao causado a la sociedad que el beneficio que pudiera obtenerseÉÓ | Acuerdo de clasificacion | 10 aos o hasta que las causas de clasificacion se extingan | 26 de Noviembre 2014 | De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 28 fracciones I, II y IV de la Ley de Transparencia en cita que seala textualmente: I. Cuando se trate de informacion cuya divulgacion ponga en riesgo la seguridad del Estado o municipios o la vida o la seguridad de cualquier persona II. La informacion cuya divulgacion pueda causar un serio perjuicio a las actividades de prevencion o persecucion de Los delitos, la imparticion de Justicia, la recaudacion de las mismos contribuciones, o cualquier otra accion que tenga por objeto la aplicacion de las leyes IV. Cuando se trate de informacion sobre estudios, proyectos y presupuestos, cuya divulgacion pueda causar daos al interes del Estado o suponga un riesgo para su realizacion Asi mismo el articulo 5 fracciones XII y XVII del aludido ordenamiento que cita Literalmente: XII. NFORMACION RESERVADA. Aquella informacion publica cuyo acceso se encuentre temporalmente restringido en los supuestos y terminos establecidos por esta Ley "... XVII. PRUEBA DE DAO. Las razones logico-juridicas que demuestren que de hacerse pblica determinada informacion seria mayor el dao causado a la sociedad que el beneficio que pudiera obtenerse | Lic. Ana Lucia Muro Velazquez |
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Fecha Publicación: 11 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 11 noviembre, 2016
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Fecha Publicación: 11 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 11 noviembre, 2016
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Fecha Publicación: 11 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 11 noviembre, 2016
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Fecha Publicación: 10 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 10 noviembre, 2016
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Fecha Publicación: 10 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 10 noviembre, 2016