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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Servicios de Salud de Zacatecas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

20 abril, 2015

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

31 marzo, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

C. Jaime Enrique Cortes Navia
Dirección de Planeación

 

SUBDIRECCIÓN DE AUTORIZACIÓN Y FOMENTO SANITARIO

POR: Servicios de Salud de Zacatecas


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Subdirección de Autorización y Fomento Sanitario


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:

Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud de Zacatecas Artículo 49 Fracc. II y Manual de Organización de los Servicios de Salud de Zacatecas.

Atribuciones:

I. Revisar y validar los programas operativos anuales de los departamentos a ella adscritos, para su implementación y ejecución; II. Evaluar el desarrollo de los proyectos y programas específicos para implementar estrategias encaminadas al cumplimiento de las metas establecidas; III. Establecer coordinación con el Laboratorio Estatal de Salud Pública para la implementación de pruebas analíticas de actividades de evidencia y manejo de riesgos; IV. Supervisar los procesos de planeación, programación y ejecución del presupuesto asignado para el fortalecimiento en el desarrollo de las actividades de las metas establecidas; V. Supervisar y evaluar la información sanitaria del Programa Operativo Anual de las actividades reportadas por las 7 Coordinaciones Jurisdiccionales de Protección Contra Riesgos Sanitarios a fin de constatar que los procedimientos de vigilancia sanitaria se realizan con apego a los Manuales correspondientes; VI. Evaluar los riesgos a la salud, en las materias competencia de la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios; a fin de proponer alternativas para su manejo y emitir las medidas de prevención y de control de índole regulatorio y no regulatorio, en los términos de las disposiciones aplicables; VII. Instrumentar programas de capacitación, difusión y comunicación de riesgos sanitarios para la población con el propósito de orientar a la población sobre los riesgos a la salud que se deriven de actividades productos y servicios; VIII. Promover el fomento de la cultura sanitaria dirigidas a la industria, organizaciones sociales, organismos públicos y privados, verificadores sanitarios y población, con el propósito de mejorar la condición sanitaria de procesos, productos, métodos, instalaciones, servicios o actividades relacionadas con las materias de competencia de la Comisión de Protección contra Riesgos Sanitarios; IX. Formular actividades de educación en materia sanitaria; para generar conciencia y corresponsabilizar a la industria, organizaciones sociales, organismos públicos y privados, y población respecto de los riesgos sanitarios y del conocimiento de las medidas preventivas de protección para la salud; X. Promover estrategias de comunicación y de capacitación que contrarresten el efecto de campañas publicitarias de productos nocivos para la salud para favorecer estilos de vida saludables; XI. Proponer programas de autorregulación y autocorrección con cámaras industriales, comerciales y de servicios, asociaciones, organizaciones sociales y no gubernamentales y empresas, a fin de disminuir riesgos sanitarios en la población; XII. Establecer programas de orientación al público; para el adecuado cumplimiento de las disposiciones en materia de control sanitario de actividades, productos y servicios; XIII. Desarrollar estrategias generales de comunicación de riesgos a la población; para atender emergencias o potenciales alertas sanitarias y, en su caso, asesorar a las autoridades Municipales, en el desarrollo de programas de comunicación; XIV. Proponer en coordinación con los Departamentos adscritos a la Subdirección los indicadores que permitan evaluar el desempeño y resultados de los niveles de protección y prevención de riesgos sanitarios, y XV. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables.



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