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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Servicios de Salud de Zacatecas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

20 abril, 2015

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

31 marzo, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

C. Jaime Enrique Cortes Navia
Dirección de Planeación

 

Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios

POR: Servicios de Salud de Zacatecas


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios, tiene como responsabilidad dirigir acciones de protección de la salud humana mediante la instrumentanción de estrategias Sanitarias con la finalidad de prevenir, mitigar y controlar riesgos derivdados del uso y consumo de productos y servicios.


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:

Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud de Zacatecas, Capitulo XII, y Manual de Oranización de los Servicios de Salud de Zacatecas.

Atribuciones:

I. Proponer al Director General la política estatal de protección contra riesgos sanitarios y dirigir su instrumentación para contribuir con el cumplimiento del Plan Nacional y Estatal de Desarrollo; II. Definir y asegurar la participación con el Sistema Federal Sanitario de la Cofepris para coordinar las actividades regulatorias y de fomento en las diversas áreas de competencia; III. Asegurar la elaboración y ejecución del Programa de trabajo anual con la finalidad de establecer políticas y criterios para la implementación de estrategias y actividades de vigilancia y fomento sanitario que coadyuven a la protección de la salud de la población en materia de riesgos sanitarios; IV. Proponer normas, políticas, criterios, opiniones, lineamientos, procedimientos y en general, los actos de carácter técnico y administrativo en materia de control y fomento sanitarios con la finalidad de cumplir con las disposiciones legales relativas a la protección contra riesgos sanitarios; V. Establecer políticas, lineamientos y disposiciones en general que deban observar las autoridades sanitarias de los gobiernos municipales, en los términos de las disposiciones aplicables y de los acuerdos de coordinación que se celebren para fortalecer y cumplir con las acciones del Plan Estatal de Desarrollo así como la protección contra riesgos sanitarios; VI. Establecer políticas, lineamientos, criterios y demás disposiciones normativas que en materia de protección contra riesgos sanitarios deben observar las Coordinaciones Jurisdiccionales de Protección contra Riesgos Sanitarios para homologar y acelerar los procesos derivados del control sanitario; VII. Asegurar que el presupuesto correspondiente a la Dirección se administre conforme a lo dispuesto en el Programa Anual de Trabajo para cumplir metas y objetivos en torno a la protección contra riesgos sanitarios; VIII. Emitir, previo acuerdo con el Director General, el nombramiento de los titulares de las unidades administrativas que integran la Dirección para que tengan la facultad de ejercer en la medida de lo estipulado, el control y la vigilancia en materia sanitaria; IX. Emitir la imposición de las sanciones y medidas de seguridad correspondientes con el fin de asegurar el cumplimiento de las disposiciones referentes al ámbito de competencia de la Dirección de conformidad con la Ley General de Salud, sus Reglamentos y con la Ley de Salud del Estado de Zacatecas; X. Dirigir el control y la vigilancia sanitaria a que deberán sujetarse las actividades, establecimientos, productos y servicios, en atención a lo establecido por la normativa sanitaria vigente; XI. Emitir órdenes de verificación, citatorios, notificaciones de resultados, acuerdos de trámite y resoluciones administrativas en las materias de protección contra riesgos sanitarios establecidas en la legislación sanitaria vigente; XII. Emitir, expedir, revalidar o revocar en su caso las autorizaciones sanitarias: licencias, permisos y tarjetas con el fin de que los establecimientos, productos y servicios estén debidamente regulados para su funcionamiento; y XIII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables.



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