DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría del Campo
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
9 marzo, 2015
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
4 marzo, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Jesús Armando Ornelas Ceballos
Coordinación Administrativa
Funciones del Secretario Técnico
POR: Secretaría del Campo
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
El Secretario Técnico su función es enlazar de forma coordinada las actividades programadas por el titular de la Secretaría, tanto al interior como al exterior de la Dependencia para brindar atención personal a productores agropecuarios y público en general.
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
Las conferidas por el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas
Atribuciones:
I. Otorgar atención personal a los productores agropecuarios y público en general, para conocer sus demandas e identificar los asuntos que deban canalizarse para la atención personal del Secretario; II. Dar seguimiento a la elaboración y firma de los convenios que celebra el Gobierno del Estado con el Gobierno Federal y otros organismos, en el ámbito de las funciones y atribuciones de la Secretaría del Campo, con la finalidad de lograr una oportuna y adecuada coordinación; III. Participar en la estructuración técnica de los programas que se ejecutan por la Secretaría, para verificar que estén alineados a los objetivos establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo; IV. Tener conocimiento de los avances físico-financieros de los programas que se ejecutan por la Secretaría, con el fin de mantener informado al Secretario; V. Apoyar la estructuración, elaboración y presentación de los materiales técnicos requeridos por el Secretario, para facilitar sus exposiciones y participaciones en diversos eventos; VI. Representar al Secretario en reuniones de trabajo, comisiones específicas y ordenamientos del titular, tanto al interior de la Dependencia como fuera de ella, con el propósito de tomar nota sobre los temas y acuerdos que se expongan y que requieran de seguimiento; VII. Coordinar las actividades de oficialía de partes para asegurar la respuesta de la Secretaría a los comunicados oficiales sobre temas del campo; VIII. Difundir los programas y acciones que ejecuta la Secretaría, a través de los medios masivos de comunicación, ya sea de forma directa o en coordinación con otras instancias de gobierno o privadas, buscando mantener informada a la sociedad rural y IX. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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