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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Instituto Zacatecano de Educación para Adultos
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

12 septiembre, 2011

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

10 noviembre, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Elisabeth Núñez Monreal
Subdirección de Administración y Finanzas

 

Subdirección de Planeación y Evaluación

POR: Instituto Zacatecano de Educación para Adultos


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Autorizar ampliaciones, reducciones, adecuaciones y transferencias del presupuesto autorizado al Instituto Zacatecano de Educación para Adultos, previa notificación al Director General de conformidad con los lineamientos establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Ley de Planeación Federal y Estatal, el Plan Nacional y Estatal de Desarrollo y cualquier otro ordenamiento que sea de competencia


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:

Manual de Organización del Instituto Zacatecano de Educación para Adultos

Atribuciones:

I. Validar y autorizar el anteproyecto anual de los programas y proyectos que se encuentran en vigencia en el Instituto, conforme a las necesidades que presenta el rezago educativo en el Estado, previo acuerdo con la Dirección General y con la Secretaría Particular, así como en coordinación con las Subdirecciones, Unidades Staff y Coordinaciones Regionales;

II. Validar y autorizar el Programa Operativo Anual Federal y Estatal, así como coordinar y autorizar los Programas Operativos Anuales de todas las unidades administrativas que conforman la estructura orgánica del Instituto en acuerdo con la Dirección General y la Secretaría Particular;

III. Difundir la normatividad vigente conforme a la Ley de Planeación Federal y Estatal, Plan Nacional de Desarrollo, Plan Estatal de Desarrollo y los demás ordenamientos normativos-administrativos estipulados para el ejercicio fiscal a las Subdirecciones y a las unidades operativas que conforman el Instituto Zacatecano de Educación para Adultos y verificar que su aplicación sea certera en la operación;

IV. Diseñar y proponer los objetivos y líneas generales de acción para los planes y programas del Instituto en corto, mediano y largo plazo en coordinación con la Dirección General, Secretaría Particular, las Subdirecciones y Coordinaciones Regionales;

V. Convenir las políticas federales, estatales y municipales conforme a la toma de decisiones oportuna con otras instancias públicas y privadas del sector educativo que se adecuen a los lineamientos y que permitan ajustarlas a las necesidades y características de la población objetivo de la entidad;

VI. Gestionar, ante las instancias correspondientes, el otorgamiento del presupuesto anual del Instituto y aplicar con estricto apego a la normatividad la aplicación de los recursos y el estado del ejercicio presupuestal correspondiente a las metas, logros y productividad estipuladas en el Programa Operativo Anual del Instituto;

VII. Autorizar ampliaciones, reducciones, adecuaciones y transferencias del presupuesto autorizado al Instituto Zacatecano de Educación para Adultos, previa notificación al Director General de conformidad con los lineamientos establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Ley de Planeación Federal y Estatal, el Plan Nacional y Estatal de Desarrollo y cualquier otro ordenamiento que sea de competencia;

VIII. Aplicar las medidas internas para el ejercicio y control del presupuesto con base en las normas y políticas establecidas por las Direcciones Normativas Centrales, Estatales e Internas, en coordinación con la Subdirección de Administración y Finanzas;

IX. Validar y autorizar la información relativa a las metas y logros de los programas educativos del Estado, así como realizar análisis de congruencias y confiabilidad de los informes estadísticos emitidos, en coordinación con la Subdirección Técnica, de Acreditación y Servicios Educativos;

X. Proponer a la Dirección General para su autorización los estudios y proyectos que requiera el Instituto en materia de planeación, presupuesto, organización de servicios evaluación operativa supervisión y estadística, relativas a la educación para adultos y jóvenes no escolarizados en coordinación con las Subdirecciones;

XI. Proponer a la Dirección General para su autorización conjuntamente con las Unidades, Subdirecciones Administrativas y Coordinaciones Regionales las modificaciones a las zonas de atención, de acuerdo a las características y necesidades de la misma;

XII. Conciliar, controlar y actualizar los registros en materia de presupuesto autorizado, ejercido y por ejercer de orden federal y estatal en coordinación con la Subdirección de Administración y Finanzas, e informar a la Dirección General;

XIII. Evaluar trimestralmente el desempeño de las actividades establecidas en el Programa Operativo Anual del Instituto, a través de indicadores de eficiencia, productividad, atención, costo-beneficio e impacto en la sociedad zacatecana, e informar a la Dirección General;

XIV. Mantener actualizado el comportamiento nacional y estatal en cuanto a metas y costo beneficio por educando atendido, e implementar acciones de mejora para abatir el rezago educativo, en coordinación con la Subdirección Técnica, de Acreditación y de Servicios Educativos;

XV. Autorizar la difusión de los indicadores que se generan el Sistema Automatizado de Seguimiento y Acreditación en materia de rezago educativo en el Estado;

XVI. Solicitar a las Coordinaciones Regionales el estado del ejercicio presupuestal en coordinación con la Subdirección de Administración y Finanzas de los recursos autorizados para su ejercicio y aplicación, así como para su evaluación, e informar a la Dirección General;

XVII. Capacitar a las unidades administrativas que establece el Organigrama del Instituto, para la operación en materia de presupuesto, evaluación, seguimiento y estadística, y

XVIII. Desarrollar todas aquellas inherentes a su área, las demás que le encomiende el Director General.


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