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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría del Agua y Medio Ambiente
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

9 octubre, 2014

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

31 marzo, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Diana Gomez Longoria
Departamento de Normatividad

 

Departamento de Normatividad

POR: Secretaría del Agua y Medio Ambiente


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Funciones del departamento de normatividad.


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:


Manual de Organización de la Secretaría del Agua y Medio Ambiente.

 

Atribuciones:


I.- Elaborar anteproyectos de iniciativas de ley, decretos, reglamentos, propuestas de reforma a la normatividad competencia de la Secretaría, para mantener actualizado el marco normativo del estado en materia de agua y medio ambiente;

 


II.- Aplicar los principios, normatividades, lineamientos que den una idea de congruencia a las actividades en materia de agua así como las normas que emita la Secretaría;

 


III.- Realizar la compilación, la difusión y el seguimiento a las reformas de leyes, reglamentos, decretos y disposiciones federales, estatales y municipales en materia de agua y me dio ambiente;.

 


IV.- Difundir las normas y proporcionar las directrices en la planeación que aseguren la preservación o restauración del ecosistema del estado;

 


V.- Aplicar las normas y procedimientos técnicos relacionados con los servicios que presta la Secretaría, así como las que se refieren a la seguridad de los trabajadores y al mantenimiento óptimo de instalaciones y equipo en general;

 


VI.- Asesorar y apoyar en la aplicación e interpretación del marco normativo hidráhulico normativo;

 


VII.- Realizar de manera conjunta con la Coordinación Administrativa los informes mensuales y cierres de ejercicio de los diferentes programas federalizados que ejecuta la Secretaría y presentarlos a la CONAGUA;

 


VIII.- Elaborar el calendario y organizar las reuniones de la Comisión de Regulación y Seguimiento de los programas que convoquen al el Secretarío y el Delegado de la CONAGUA en su calidad de presidente y secretario respectivamente;

 


IX.- Colaborar con la Coordinación Administrativa para dar a conocer al personal de nuevo ingreso las funciones que les correspondan de acuerdo a los Manuales de Organización y Procedimientos;

 


X.- Analizar las reglas de operación de los programas federalizados en materia de Agua y Medio Ambiente  para asesorar a las áreas de la Secretaría que lo requieran, y

 


XI.- Las demás que le establezcan las disposiciones legales y administrativas aplicables.

 

 



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