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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Procuraduría General de Justicia del Estado
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

6 octubre, 2014

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 junio, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

José Pablo Mercado Solis
Departamento Juridico

 

Centro de Capacitación Ministerial

POR: Procuraduría General de Justicia del Estado


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Instrumentar el desarrollo, seguimiento y evaluación del programa de profesionalización de los servidores públicos de la Procuraduría General


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:


Artículo 33 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Zacatecas.

 

Atribuciones:


Corresponde al Centro de Capacitación Ministerial:

 


I         Instrumentar el desarrollo, seguimiento y evaluación del Programa de Profesionalización de los Servidores Públicos de la Procuraduría General;

 


II         Impartir de manera permanente capacitaciones, cursos, diplomados, especialidades, adiestramientos, actualizaciones, conferencias y talleres a los servidores públicos de la Procuraduría o de otras Instituciones con quien se tenga convenio de colaboración, sobre las materias propias de la Procuración y Administración de Justicia;

 


III         Proponer y desarrollar los programas de investigación en materia Ministerial, Pericial y Policial;

 


IV         Brindar el asesoramiento que requieren personas e instituciones públicas y privadas dentro del ámbito de su especialidad;

 


V         Gestionar becas y celebrar convenios de cooperación, asesoría y asistencia con Instituciones educativas nacionales, extranjeras, públicas o privadas, para que los servidores públicos de la Procuraduría General realicen estudios en sus propias instalaciones, así como en instituciones similares del país o del extranjero; y recibir investigadores, profesores y alumnos becarios nacionales o del extranjero;

 


VI         Facilitar y gestionar ante el Instituto Nacional de Ciencias Penales de la Procuraduría General de la República, la formación, actualización y certificación de su planta docente;

 


VII         Colaborar en el diseño e implementación de políticas y normas para el reclutamiento, selección e ingreso a la Procuraduría General, la Policía Ministerial y el Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses en los términos de esta Ley y su reglamento;

 


VIII         Proporcionar apoyo académico a la Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial, en los términos de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública;

 


IX         Proponer y aplicar los contenidos de los planes y programas para la formación profesional de los servidores públicos de la Procuraduría General;

 


X         Proponer y, en su caso, publicar las convocatorias para el ingreso a la Procuraduría General;

 


XI         Tramitar los registros, autorizaciones y reconocimiento de los planes y programas de estudio ante las autoridades competentes;

 


XII         Expedir constancias de las actividades para la profesionalización que se impartan; y

 


XIII.        Las demás que de acuerdo a la naturaleza de su función le señalen otras leyes y reglamentos vigentes en el Estado y las que le encomiende el Procurador General.

 


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