DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría del Agua y Medio Ambiente
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
4 julio, 2014
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
31 marzo, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Victor Hugo García Alvarado
Departamento de Informatica
Funciones del Departamento de Informática
POR: Secretaría del Agua y Medio Ambiente
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Funciones del Departamento de Informatica.
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
Manual de Organización de la Secretaría del Agua y Medio Ambiente.
Atribuciones:
I.- Mantener en óptimas condiciones el funcionamiento de la red informática de la Secretaría para facilitar el trabajo de la dependencia;
II.- Instalar el equipo de cómputo adquirido por la Secretaría y los programas informáticos necesarios para el desempeño laboral;
III.- Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos de cómputo de la Secretaría para mantenerlos en buen funcionamiento;
IV.- Proporcionar asesoría informática al Secertario en la estructuración diseño de informes o prestaciones digitalizadas que deba realizar;
V.- Auxiliar en la realización de los eventos encomendados a las Subsecretarías, Direcciones o Coordinaciones de la Secretaría, mediante el diseño de presentaciones y en la operación del equipo informático, de proyección y en todo tipo de estrategias tecnológicas;
VI.- Fungir como enlace directo de la Secretaría con la Dirección de Imagen de Gobierno del Estado;
VII.- Fungir como enlace directo de la Secretaría con la Coordinación de Sistemas de Información de la Secretaría de Administración;
VIII.- Proponer, gestionar y/o elaborar sistemas informáticos que requiera la Secretaría para el cumplimiento de sus funciones;
IX.- Apoyar en la alimentación y mantenimiento de las diferentes bases de datos del Sistema Estatal de Información de Agua y Medio Ambiente para mantener actualizada la información y su funcionamiento optimo;
X.- Asesorar al personal de la Secretaría que requiera capacitación en el manejo de los programas de cómputo, así como en la operación de equipos, y
XI.- Las demás que le establezcan las disposiciones legales y administrativas aplicables.
ETIQUETAS
¿QUÉ OPINAS DE ESTE DOCUMENTO?
ESTE DOCUMENTO AÚN NO PERTENECE A NINGUNA LISTA
REFERENTE AL MISMO ARTÍCULO Y FRACCIÓN
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
-
Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016