DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Educación
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
20 marzo, 2014
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 junio, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Jose Luis Santoyo Gonzalez
Coordinación Administrativa
Dirección de Planeación y Programación
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Dirección de Planeación y Programación
Tipo : Estructura Orgánica
Fundamento Legal:
Manual de Organización de la SEDUZAC vigente
Atribuciones:
I. Diseñar estratégicamente y elaborar conforme a la dinámica establecida los anteproyectos presupuestales y programáticos considerando para ello la política educativa gubernamental, los lineamientos del Subsecretario y los mecanismos de articulación, validación y prospectiva, tanto a corto, mediano y largo plazo;
II. Recibir, integrar, analizar y sistematizar los anteproyectos presupuestales, general y específicos, que se precisan para el óptimo funcionamiento de la educación pública estatal, coordinándose para ello con las entidades agrupadas en elSector, así como caracterizar y en su caso proponer o realizar modificaciones que soliciten las áreas administrativas centralizadas, descentralizadas y desconcentradas de dicho Sector Educativo; Proponer al Subsecretario la autorización pertinente y procedente;
III. Solicitar y coordinarse con las demás áreas administrativas para mantener actualizado los sistemas de información de asignación financiera, de resultados basados en el presupuesto, las metas anuales de los Programas, de estadísticas escolares, de indicadores para evaluación continua y estratégica, así como la información presupuestal y programática de la Secretaría;
IV. Solicitar y coordinarse con las áreas administrativas de la Secretaría para elaborar la situación presupuestal autorizada al Sistema Educativo de Zacatecas, dar seguimiento y en su caso corrección oportuna para cumplir los objetivos en materia de financiamiento educativo;
V. Elaborar, establecer, dictaminar y autorizar, en base a la presupuestación autorizada, la planeación y programación para la óptima asignación de recursos materiales, financieros, de plazas docentes y de apoyo administrativo, de conformidad a los lineamientos establecidos por la normatividad vigente, coordinándose para ello con las demás áreas administrativas que tengan funciones complementarias tales como las que dirigen la Educación Básica, Media Superior y Superior, así como la Coordinación Administrativa, previo acuerdo con el Subsecretario;
VI. Definir, dirigir, integrar, evaluar y controlar el cumplimiento de la normatividad establecida en los niveles federal y estatal para la planeación educativa, cumpliendo las disposiciones legales para su competencia, tales como el control escolar, la certificación y acreditación de estudios, así como el registro, ello para todas las instituciones educativas en Zacatecas, y específicamente a las de financiamiento público considerar el origen y aplicación de sus recursos;
VII. Administrar la correcta emisión de todo tipo documentos que acrediten la validez de estudios, tanto los que proceden de las diversas instituciones educativas como los que expida esta Secretaría, coordinarse para tal fin con otras áreas o entidades administrativas conforme las disposiciones legales vigentes;
VIII. Administrar el registro de autoría de producción intelectual que se solicite por particulares u organismos, conforme a los lineamientos y legislación vigente;
IX. Formular, dirigir y evaluar los Programas Operativos Anuales a su cargo en tópicos de infraestructura física educativa y equipamiento, considerando en todo momento la normatividad vigente y los lineamientos técnicos y presupuestales que establezca el Gobierno del Estado;
X. Establecer una coordinación eficiente y eficaz con las demás áreas de Gobierno del Estado, los Ayuntamientos y las áreas de la propia Secretaría, para fortalecer, conservar, acrecentar la infraestructura física educativa de sendos planteles de educación básica, media superior y superior, así como del Sistema Educativo Estatal en general;
XI. Propiciar y fortalecer la cultura de la planeación asociada a la de evaluación a partir de una gestión administrativa innovadora que consolide la calidad, cobertura, pertinencia y vinculación de la educación en todos sus niveles y modalidades, y
XII. Las demás que establezcan las disposiciones administrativas y legales aplicables.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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