DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Educación
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
20 marzo, 2014
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 junio, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Jose Luis Santoyo Gonzalez
Coordinación Administrativa
Dirección de Educación Básica Estatal
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Dirección de Educación Básica Estatal
Tipo : Estructura Orgánica
Fundamento Legal:
Manual de Organización de la SEDUZAC vigente
Atribuciones:
I. Gestionar, proveer y administrar los recursos financieros, materiales, humanos y de capacitación indispensables para la operación de planes, programas y proyectos educativos;
II. Organizar la administración de los recursos humanos que se asignen a los niveles de la Dirección para eficientar los servicios;
III. Evaluar y dar seguimiento a la administración de recursos humanos de los niveles educativos y su impacto en la prestación de los servicios;
IV. Proponer a la Coordinación Administrativa la redistribución de los recursos humanos cuando así se requiera, para eficientar los servicios educativos de los niveles de educación preescolar, primaria, secundaria y educación física;
V. Captar las necesidades de recursos humanos en cada uno de los niveles y servicios educativos a cargo de la dirección;
VI. Integrar y analizar la información estadística relativa al funcionamiento de cada uno de los niveles y servicios educativos a cargo de la dirección;
VII. Validar los ajustes que por necesidad de los servicios deban efectuarse al presupuesto asignado;
VIII. Dirigir y coordinar la planeación, organización y el control del trabajo técnico- administrativo de los niveles de preescolar, primaria, secundaria y educación física;
IX. Difundir los lineamientos y las normas técnico-pedagógicas para el funcionamiento de la educación básica estatal en sus diferentes niveles educativos;
X. Mantener una estructura orgánica actualizada como instrumento de operación de las estrategias, programas y proyectos educativos;
XI. Elaborar y presentar para su validación el Programa Operativo Anual, de los diferentes programas a cargo de esta dirección;
XII. Administrar los recursos económicos de los proyectos presupuestales de la dirección;
XIII. Dar seguimiento a la administración de los recursos financieros que realicen los niveles;
XIV. Detectar las necesidades de capacitación, actualización y superación académica del personal de supervisión, directivo, docente y proponer las medidas necesarias para satisfacerlas;
XV. Implementar las acciones para fortalecer la formación profesional del docente como factor determinante en la calidad de la educación;
XVI. Propiciar el trabajo y reflexión colectiva, colegial e interdisciplinaria en materia técnico-pedagógica en cada nivel educativo;
XVII. Cuidar que los proyectos educativos, aparte de la solidez técnica, tengan el carácter integral, participativo, asociativo y sustentable;
XVIII. Participar en el diseño, articulación o vinculación curricular y estructural de la educación básica;
XIX. Planear la operación y expansión de los servicios educativos, para garantizar la prestación del servicio educativo;
XX. Hacer la entrega oportuna de los libros de texto gratuito y material escolar a los alumnos y maestros de educación básica;
XXI. Integrar a los padres de familia en una nueva perspectiva, visión educativa y gestión, que permita el logro de una educación integral;
XXII. Desarrollar los programas de educación física, deportivos y de activación física en la educación básica para favorecer el cuidado y prevención de la salud, y
XXIII. Las demás que establezcan las disposiciones administrativas y legales aplicables.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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