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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Educación
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

18 marzo, 2014

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 junio, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Jose Luis Santoyo Gonzalez
Coordinación Administrativa

 

Unidad de Enlace de Acceso a la Información Pública

POR: Secretaría de Educación


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Unidad de Enlace de Acceso a la Información Pública


Tipo : Estructura Orgánica

Fundamento Legal:


Manual de Organización de la SEDUZAC vigente


Atribuciones:


I. Recibir y tramitar las solicitudes de acceso a la información pública, y las relativas al ejercicio de la acción de protección de datos personales; 


 


II. Recabar de las Unidades Administrativas correspondientes, la información pública requerida en las solicitudes presentadas en el sistema INFOMEX, así como la información pública de oficio a que se refiere la Ley de Transparencia y acceso a la información Pública del Estado de Zacatecas; 


  


 


III. Administrar e ingresar al sistema INFOMEX, los archivos electrónicos que contenga la información pública requerida en las solicitudes de información presentadas; 


 


IV. Administrar e ingresar al Portal de Transparencia los archivos electrónicos que contengan la información pública que entreguen las unidades administrativas obligadas de la dependencia; 


 


V. Recibir las solicitudes de información pública que se presenten a la dependencia, siendo las unidades administrativas las responsables de la información que deberán proporcionar a la unidad de enlace, de forma oportuna dentro de los plazos que indique la propia unidad de enlace de la secretaria de educación ; 


 


VI. Realizar los trámites y gestiones internos necesarios para entregar la información pública solicitada y efectuar lasnotificaciones correspondientes; 


 


VII. Recabar de las unidades administrativas responsables la información de oficio a que se encuentran obligadas, misma que la unidad de enlace deberá publicar en el portal de transparencia; 


 


VIII. Informar trimestralmente al Secretario, un informe del número de solicitudes presentadas, y atendidas, así como en su caso los recursos de queja o revisión que se hayan interpuesto en contra de la dependencia, así como cuantas han sido atendidas y el sentido de las resoluciones dictadas en su caso; 


 


IX. Administrar y actualizar mensualmente el registro de solicitudes, respuestas, trámites y costos que implique el cumplimiento de sus atribuciones, y preservar los documentos y expedientes en archivos administrativos organizados y actualizados, de conformidad con las disposiciones aplicables, 


 


X. Vigilar, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, el resguardo y la correcta administración de la información clasificada como reservada o confidencial; 


 


XI. Promover, en las unidades administrativas de su adscripción, la actualización trimestral de la información pública de oficio a que se refiere esta Ley; 


 


XII. Orientar y auxiliar a las personas, en la elaboración y entrega de las solicitudes de acceso a la información pública, así como en la consulta de la información pública de oficio; 


 


XIII. Promover la capacitación y actualización de los servidores públicos adscritos a su dependencia o entidad, y 


 


XIV. Las demás que establezcan las disposiciones administrativas y legales aplicables. 


 



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