DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Organismo Regularizador de la Tenencia de la Tierra en Zacatecas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
14 marzo, 2014
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 septiembre, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Oswaldo Flores Gutiérrez
Subdirección de regularización
Programa de Regularización de la Tenencia de la Tierra
POR: Organismo Regularizador de la Tenencia de la Tierra en Zacatecas
De: Artículo 39 / Fracción II
La fracción refiere a: Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables
Descripción:
La regularización deberá derivarse como una acción de mejoramiento urbano por causa de utilidad pública y compatible al programa de desarrollo urbano en vigor.
El Programa de Regularización de la tenencia de la tierra Urbana tendrá una cobertura en todo el Estado de Zacatecas y para su ejecución podrá convenir con los Ayuntamientos la implementación del programa, en el que se establezcan las bases de regularización.
Tipo : Servicio
Tiene Formato: NO
Horario de Atención:
Lunes a viernes de 8:30am a 4:00pm, Instalaciones del ORETZA en Circuito Cerro del Gato no. 1900, Cd. Administrativa, Edificio "F" cuarto pido, Zacatecas, Zac.
Domicilio:
Circuito Cerro del Gato, Edificio F, Cuarto Piso Ciudad Administrativa, Zacatecas, Zac., C.P. 98160
Teléfono: 4915000
Requisitos:
REQUISITOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA URBANA. (para el fraccionador).
1.- RELACIÓN DE DOCUMENTOS.
2.- ESCRITURAS.
3.- PLANO.
4.- CERTIFICADO DE REGISTRO PÚBLICO.
5.- PAGO PREDIAL (EL MÁS RECIENTE).
6.- IMPACTO AMBIENTAL.
7.- FACTIBILIDAD DE ENERGÍA.
8.- FACTIBILIDAD DE AGUA POTABLE.
9.- COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA.
10.- MEMORIA DE CÁLCULO DE AGUA POTABLE.
11.- MEMORIA DE CÁLCULO DE ALCANTARILLADO.
12.- PLANOS:
v RED DE ALCANTARILLADO.
v RED DE ELECTRIFICACIÓN.
v RED HIDRÁULICA.
v LOTIFICACIÓN.
v OFICIAL.
REQUISITOS PARA LA ESCRITURACIÓN. (para el beneficiario).
I. Solicitud del posesionario para incorporar el lote al proceso de regularización.
II. Identificación oficial vigente con fotografía (credencial de elector, cartilla del servicio militar o pasaporte) original.
III. Clave única de registro de población (CURP) copia.
IV. Acta de nacimiento (copia).
V. Croquis ubicando la localización del lote.
VI. Constancia de posesión (a mayor antiguedad, derecho preferente), o cualquier otro documento que a juicio del organismo sea idóneo para acreditar la posesión.
VII. Comprobante de pago de impuesto predial (por sí solo este documento es insuficiente para acreditar la posesión, por lo que sólo servirá como una referencia para corroborarla.
VIII. El estudio socioeconómico correspondiente, que bien puede ser practicado por el Ayuntamiento o el personal del Organismo.
Tiempo de Respuesta:
Uno a tres días.
Costo:
El costo de los servicios otorgados por el Organismo será de 46 cuotas de salario mínimo vigente en la zona geográfica de la entidad con independencia de los gastos que el beneficiario deba realizar por concepto de pago de derechos e impuestos derivados de la legalización de cada lote, previstos en la ley correspondiente.
Los beneficiarios que ocupen lotes con giro comercial pagarán la misma cuota que se menciona en el párrafo anterior.
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