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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Organismo Regularizador de la Tenencia de la Tierra en Zacatecas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

27 febrero, 2014

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 septiembre, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Carlos Ferrer Correa
Coordinación Administrativa

 

Subdirección Técnica y Operaciones de Campo

POR: Organismo Regularizador de la Tenencia de la Tierra en Zacatecas


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Atribuciones de Subdirección Técnica y Operaciones de Campo


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:

Artículo 31 del Estatuto Orgánico del Organismo Regularizador de la Tenencia de la Tierra en Zacatecas.

Atribuciones:

Artículo 31.- Corresponde a la Subdirección Técnica y Operaciones de Campo de las siguientes funciones:

 I. Programar, organizar, dirigir, controlar, evaluar el desarrollo de las actividades relacionadas con la certificación del régimen de fraccionamientos rurales de lotes susceptibles de los programas de regularización;

II. Certificar y realizar las acciones técnicas necesarias para obtener la regularización de la tenencia de la tierra rural, cuando así lo determine la Junta de Gobierno, en áreas urbanas;

III.  Establecer mecanismos de colaboración con los fraccionistas para identificar los predios que serán objeto de la certificación del régimen de fraccionamientos rurales;

IV. Georeferenciar los polígonos sujetos de regularización en base a la red geodésica nacional activa;

V. Relacionar e integrar los expedientes individuales de los polígonos sujetos de regularización, relacionados con los planos de lotificación;

VI. Monumentar los vértices de la línea de control azimutal;

VII. Procesar la información recopilada de la línea de control azimutal;

VIII.  Llevar el control del sistema de coordenadas de los vértices de control azimutal;

IX.  Medir las grandes áreas como: perímetro del fraccionamiento, manchas urbanas, áreas parceladas, uso común y reservas de crecimiento;

X. Obtener los planos de lotificación de cada uno de los fraccionamientos a regularizar;

XI. Asignar claves a los planos de lotificación, sección, manzana y número de lote;

XII. Validar técnicamente la información;

XIII. Elaborar el padrón de los beneficiarios;

XIV. Elaborar memorias técnicas descriptivas de lotes; y

XV. Las demás que le confieran las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.



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