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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Educación
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

18 diciembre, 2013

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 junio, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Ma. del Refugio Sanchez Saucedo
Departamento de Participación Social

 

Reglamento de las Asociaciones de Padres de Familia

POR: Secretaría de Educación


De: Artículo 39 / Fracción XXXII

La fracción refiere a: Padrón de proveedores y contratistas


Descripción:


El reglamento regirá la organización y funcionamiento de las asociaciones de padres de familia que se constituyan en las escuelas de educación preescolar, primaria y secundaria, dependientes de la Secretaría de Educación Pública y en las escuelas de estos tipos que la propia Secretaría autorice, reconozca o registre, conforme a la Ley Federal de Educación.

 


 

 


Periodo que se informa: no aplica

Criterios: Los contenidos en el propio Reglamento de asociaciones de Padres de Familia.

Mecanismos: Los contenidos en el propio Reglamento de asociaciones de Padres de Familia.

Fundamento Legal: Artículo 89 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal 14, 52, 53, 54, 55 y 56 de la Ley Federal de Educación.


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