DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Jefatura de Oficina del Gobernador
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
11 septiembre, 2013
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 septiembre, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Esteban Herrera Ugarte
Dirección de Planeación Territorial
Departamento del CEDEMUN.
POR: Jefatura de Oficina del Gobernador
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
CEDEMUN
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
Establecido en el Artículo 71 del Reglamento Interior de las Unidades Administrativas del Titular del Ejecutivo del Estado. . Publicado en el Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, de fecha 5 de enero del 2013.
Manual de Organización de la Unida de Planeación. Apartado 1.5.3.
Atribuciones:
I Promover y en su caso implementar la Agenda desde lo Local en los municipios de la entidad, a través de un diagnostico integral que permita identificar áreas de oportunidad y prioridades a atender para mejorar el desempeño de sus administraciones;
II Implementar sistemas continuos y permanentes de capacitación municipal, de acuerdo a sus necesidades y competencias, para eficientar la gestión municipal;
III Realizar actividades de capacitación, asesoría y asistencia técnica a los municipios de la entidad, para fortalecer las capacidades de los recurso humano;
IV Asesorar y capacitar a las áreas jurídicas y las Comisiones de los Ayuntamientos en la elaboración y/o actualización de la reglamentación municipal, para que responda a las necesidades reales de la población;
V Mejorar la gestión de los procesos administrativos y técnicos para el fortalecimiento municipal;
VI Elaborar y difundir estudios para fortalecer las capacidades institucionales de los municipios;
VII Asesorar a los municipios en la gestión de fondos federales para el desarrollo municipal;
VIII Fungir como vínculo entre el Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, otros organismos de desarrollo municipal y los municipios, a fin de generar capacidades institucionales para el desarrollo municipal;
IX. Promover entre los municipios acciones afirmativas a favor de la transparencia y rendición de cuentas, para fortalecer el vínculo de la acción gubernamental entre el gobierno y la ciudadanía, y
Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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