USA LOS FILTROS PARA MEJORAR TU BÚSQUEDA.
¿QUÉ ESTÁS BUSCANDO?

Para una búsqueda concreta hacerlo entre comillas
Ejemplo: "Manual de Tramites y Servicios"


BUSCAR EN:

EN LA FRACCIÓN:
¿A qué refieren las fracciones?


BUSCAR POR FECHA DE PUBLICACIÓN:


Borrar fechas


VER CONTENIDO:

COMPARTE LA INFORMACIÓN

DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Jefatura de Oficina del Gobernador
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

11 septiembre, 2013

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 septiembre, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Juan de Dios Fernández Orozco
Dirección del Sistema Estatal de Información

 

Departamento del COEPO.

POR: Jefatura de Oficina del Gobernador


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

COEPO


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:

Establecido en el Artículo  69 del Reglamento Interior de las Unidades Administrativas del Titular del Ejecutivo del Estado. . Publicado en el Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, de fecha  5 de enero del 2013.

Manual de Organización de la Unidad de Planeación. Apartado 1.4.2.

 

Atribuciones:


I                 Coordinar el proceso de elaboración, seguimiento y evaluación del Programa Estatal de Población de acuerdo a los instrumentos de planeación municipal, estatal y federal, para contribuir y regular el crecimiento y distribución de la población;

 


II               Auxiliar en la elaboración del POA de la Dirección, para asegurar la congruencia con el Programa Estatal de Población de mediano plazo;

 


III             Establecer los lineamientos de la política poblacional, con base en la información de fuentes oficiales para armonizar la dinámica y la distribución territorial de la población en el contexto regional, tomando en consideración el perfil demográfico del estado;

 


IV             Dar seguimiento a los acuerdos que en materia de políticas de población celebren el Ejecutivo del Estado con la Federación y los Municipios con el fin de evaluar la aplicación de dicha política en la Entidad, en el marco de las metas y objetivos del PND,  PED y del Programa Nacional de Población;

 


V               Fungir como Secretario Técnico del Pleno del Consejo Estatal de Población para coordinar la operación y el seguimiento de las acciones públicas del estado en materia de población, con los tres niveles de gobierno y la sociedad civil;

 


VI             Analizar, sistematizar, procesar y actualizar la información de carácter socio demográfico que requieren los diversos sectores, instancias y ámbitos de gobierno para que cuenten con datos confiables para la toma de decisiones;

 


VII           Promover y difundir información sobre la problemática de población para proponer la elaboración de estudios y proyectos,

 


VIII         Coadyuvar a que en materia de población y desarrollo se establezcan políticas, programas y acciones para el desarrollo del estado;

 


IX             Diseñar e instrumentar estrategias de información, educación y comunicación en población a fin de que la sociedad  logre contar con herramientas que le permitan tomar decisiones libres y responsables;

 


X               Promover reformas y modificaciones al marco jurídico e institucional de la política de población estatal, con el fin de hacer frente a los nuevos retos poblacionales, y

 


XI.            Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables.

 



Guardar como favorito (0) Guardar en una lista
Aún no has creado listas.
Agregar a una lista nueva


ETIQUETAS
Tags:    Funciones, atribuciones, COEPO
¿QUÉ OPINAS DE ESTE DOCUMENTO?
ESTE DOCUMENTO AÚN NO PERTENECE A NINGUNA LISTA
REFERENTE AL MISMO ARTÍCULO Y FRACCIÓN
CON TEMAS EN COMÚN