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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de las Mujeres
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

9 septiembre, 2013

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 septiembre, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Selene Ramírez Briones
Coordinación Jurídica

 

Área de Trabajo Social

POR: Secretaría de las Mujeres


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Establecer el primer contacto con las mujeres víctimas de violencia y definir el
objetivo de la atención que se les brinda, de tal manera que se proceda a la
canalización interna (Área Jurídica y/o Psicológica, o ambas) o externa
(Organismos Gubernamentales o No Gubernamentales) para favorecer el
bienestar psico social de las usuarias del servicio a través de la autogestión.


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:

Manual de Organizacion de la de Secretaría de las Mujeres

 

Atribuciones:

FUNCIONES:

I. Elaborar el diagnóstico psico social e identificar el tipo de riesgo al que esté expuesta la mujer víctima de violencia;

II. Canalizar al interior del Centro de Atención a asesoría jurídica y/o psicológica a la mujer víctima de violencia una vez establecido el diagnóstico;

III. Llenar el formato correspondiente al Sistema de Atención Integral de las Mujeres;

IV. Actualizar el directorio de servicios y redes interinstitucionales que cuenten con programas de apoyo a mujeres víctimas de violencia;

V. Canalizar de manera conjunta con la Coordinación del Centro, a las mujeres víctimas de violencia a programas, asistenciales, educativos, recreativos y de salud que les permita superar su situación de violencia;

VI. Coadyuvar en la retroalimentación y seguimiento del Banco Estatal de Casos de Mujeres Víctimas de Violencia;

VII. Realizar visitas domiciliarias a petición del área de atención psicológica y/o jurídica para obtener y/o verificar información que amplíe el diagnóstico de la mujer y sus menores hijos víctimas de violencia;

VIII. Aplicar los protocolos de atención correspondientes a su área, para la propuesta de mejoras;

IX. Aplicar los protocolos de atención correspondientes a su área, para la propuesta de mejoras, y

X. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables.



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Tags:    Funciones, social, trabajo, Área
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