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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

8 julio, 2013

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 junio, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

M. en A. Aleida Patricia Ramírez Rivera
Subdirección de Recursos Humanos

 

- Subdirección de Recursos Financieros

POR: Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Funciones de la Subdireccion de Recursos Financieros del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia.

 


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:

Estatuto Orgánico del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado el 15 de junio de 2013.

 

Atribuciones: Son funciones de la Subdirección de Recursos Financieros: I. Realizar las actividades fundamentales en la administración de los recursos públicos, apegándose estrictamente a la armonización contable; II. Determinar y proporcionar la información contable y presupuestal, observando los plazos y medios de información que establece la ley de la materia; III. Mantener la información contable y presupuestal actualizada, registrando en tiempo real, todas y cada una de las operaciones que genere la actividad diaria del SEDIF; IV. Organizar la documentación comprobatoria de Ingresos y Egresos para la presentación de la Cuenta Pública Anual; V. Concentrar en términos financieros las estimaciones de los ingresos, así como de proyectos, programas y necesidades básicas de las áreas que conforman el SEDIF, para la elaboración de los Presupuestos de Ingresos y Egresos del Ejercicio que corresponda; VI. Realizar análisis presupuestales de manera periódica para cuidar se cumplan los tiempos y montos autorizados de los recursos federales, estatales y convenios extraordinarios, para la determinación del avance de gestión financiera; VII. Vigilar de manera interna, que el proceso en el registro de los ingresos y la ejecución del gasto se aplique estrictamente la Normatividad del Sistema de Contabilidad Gubernamental implementado por el Consejo Nacional de Armonización Contable; VIII. Mantener una constante comunicación con las diversas áreas del SEDIF, para que de manera coordinada se cubran las obligaciones contraídas por cada una de ellas; IX. Proporcionar de manera oportuna la documentación comprobatoria justa y suficiente; además de las aclaraciones correspondientes, que solventen de manera clara y contundente las observaciones que surjan de Auditorias que lleven a cabo las entidades fiscalizadoras de orden federal o estatal; X. Proponer y motivar mecanismos de mejora de recaudación de ingresos propios, dando seguimiento puntual a la recuperación de cuotas; XI. Participar en las decisiones sobre la adquisición de bienes muebles, inmuebles e intangibles y contratación de servicios necesarios para el funcionamiento de las Direcciones y programas, de conformidad con lo establecido en las normas respectivas, por formar parte del Comité Técnico de Adquisiciones; y XII. Las demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

Para información adicional consultar la URL:
http://file:///C:/Users/SEDIF/Desktop/e9eab4_ESTATUTO%20ORGANICO%20DEL%20DIF%20ESTATAL.pdf



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