USA LOS FILTROS PARA MEJORAR TU BÚSQUEDA.
¿QUÉ ESTÁS BUSCANDO?

Para una búsqueda concreta hacerlo entre comillas
Ejemplo: "Manual de Tramites y Servicios"


BUSCAR EN:

EN LA FRACCIÓN:
¿A qué refieren las fracciones?


BUSCAR POR FECHA DE PUBLICACIÓN:


Borrar fechas


VER CONTENIDO:

COMPARTE LA INFORMACIÓN

DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Economía
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

26 abril, 2013

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

31 marzo, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Claudia Nieto Salas
Unidad de Enlace para el Acceso a la Información Pública

 

Dirección de Financiamiento

POR: Secretaría de Economía


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

 

Funciones de la Dirección de Financiamiento perteneciente a la Subsecretaría de Fondos de Financiamiento y Fideicomisos.


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:


ART. 56 REGLAMENTO ITNERIOR DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA

 


1.4.1. MANUAL DE ORGANIZACION DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA

 



 

Atribuciones:

 A la Dirección de Financiamiento le corresponde la atención de los siguientes asuntos:

  • Gestionar recursos financieros para que los empresarios del Estado accedan a los financiamientos, instrumentados por la Secretaría Diseñar proyectos y programas de financiamiento para promover el desarrollo de las actividades productivas en la Entidad.
  • Promover en los municipios las diferentes fuentes y programas de financiamiento Administrar y operar los fondos estatales de financiamiento constituidos por la Secretaría.
  • Elaborar y mantener actualizadas las reglas de operación y políticas que normen el funcionamiento de los fondos estatales que se manejen en esta Dependencia y someterlas a consideración de los órganos de control correspondientes.
  • Proponer a los Comités Técnicos de los fondos y fideicomisos en los que sea parte la Secretaría los proyectos de presupuestos de ingresos y egresos anuales o especiales para la operación de los fondos.
  • Recibir y analizar las solicitudes de crédito de las micro y pequeñas empresas interesadas en acceder a financiamientos de los fondos estatales.
  • Proponer en los Comités de crédito de los fondos estatales y federales, las solicitudes de financiamiento para su autorización.
  • Realizar la contratación y operación de los créditos autorizados por el Comité Técnico Realizar las acciones extrajudiciales pertinentes para la recuperación de los créditos contratados;

y Las demás que le confieran otras disposiciones legales o le encomiende el Secretario.



Guardar como favorito (0) Guardar en una lista
Aún no has creado listas.
Agregar a una lista nueva


ETIQUETAS
¿QUÉ OPINAS DE ESTE DOCUMENTO?
ESTE DOCUMENTO AÚN NO PERTENECE A NINGUNA LISTA
REFERENTE AL MISMO ARTÍCULO Y FRACCIÓN
CON TEMAS EN COMÚN