USA LOS FILTROS PARA MEJORAR TU BÚSQUEDA.
¿QUÉ ESTÁS BUSCANDO?

Para una búsqueda concreta hacerlo entre comillas
Ejemplo: "Manual de Tramites y Servicios"


BUSCAR EN:

EN LA FRACCIÓN:
¿A qué refieren las fracciones?


BUSCAR POR FECHA DE PUBLICACIÓN:


Borrar fechas


VER CONTENIDO:

COMPARTE LA INFORMACIÓN

DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de las Mujeres
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

29 septiembre, 2011

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 septiembre, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Selene Ramírez Briones
Coordinación Jurídica

 

Ley para prevenir y atender la violencia familiar en el Estado de Zacatecas

POR: Secretaría de las Mujeres


De: Artículo 39 / Fracción I

La fracción refiere a: El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros


Descripción:

La Ley que ahora se expide, tiene entre sus objetivos, plantear una política de Estado para prevenir y prestarle toda la atención que merece, la violencia familiar que tantos daños morales o de índole económica y material, ocasiona en los cada vez más amplios sectores y estratos sociales.

En el nuevo ordenamiento se contempla la creación de un Consejo Estatal para Prevenir y Atender la Violencia Familiar. A tal órgano de carácter honorario, habrán de integrarse de manera coordinada, distintas instituciones, dependencias del sector público, y miembros de la sociedad civil que se hayan distinguido por sus acciones en favor de los derechos humanos.

DADO en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Séptima Legislatura del Estado a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil tres.- Diputado Presidente .- DIP. ALFONSO AGUILAR CONTRERAS.- Diputados Secretarios.- DIP. PABLO L. ARREOLA ORTEGA Y DIP. PEDRO MARTINEZ FLORES.- Rúbricas.

Y para que llegue al conocimiento de todos y se le dé el debido cumplimiento, mando se imprima, publique y circule.

DADO en el Despacho del Poder Ejecutivo del Estado, a los siete días del mes de Febrero del años dos mil tres.


Tipo : Ley

Fecha de Inicio de Vigencia: 19 febrero, 2003


ARCHIVOS


Guardar como favorito (0) Guardar en una lista
Aún no has creado listas.
Agregar a una lista nueva


ETIQUETAS
¿QUÉ OPINAS DE ESTE DOCUMENTO?
ESTE DOCUMENTO AÚN NO PERTENECE A NINGUNA LISTA
REFERENTE AL MISMO ARTÍCULO Y FRACCIÓN
CON TEMAS EN COMÚN