DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Administración
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
11 abril, 2013
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 junio, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Ana Lucía Muro Velázquez
Unidad de Enlace de Acceso a la Información Pública
Dirección de Administración de Activos
POR: Secretaría de Administración
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Las funciones orgánicas de la Dirección de Administración de Activos de acuerdo al Reglamento Interior de la Secretaría de Administración
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración, publicado en el Suplemento 5 al número 25 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado en fecha 27 de Marzo del 2013.
Atribuciones:
I. Establecer y vigilar la aplicación de las normas y procedimientos en materia de control, adquisición y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, así como la contratación de servicios que se requieran;
II. Operar el programa anual de administración, racionalización, uso y aprovechamiento de bienes muebles e inmuebles de la Administración Pública;
III. Vigilar el uso, mantenimiento y destino de los bienes muebles e inmuebles que se encuentren asignados a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública;
IV. Mantener actualizado el sistema de administración de bienes propiedad del Gobierno del Estado, observando su aseguramiento, registro y control en coordinación con las Dependencias y Entidades;
V. Levantar y mantener actualizado el inventario de bienes muebles e inmuebles que se encuentren bajo resguardo de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública;
VI. Administrar el aseguramiento de los bienes muebles e inmuebles propiedad de Gobierno del Estado;
VII. Coordinar la operación de los almacenes de la Administración Pública;
VIII. Llevar el control y validación presupuestal de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles de la Administración Pública;
IX. Organizar, administrar, conservar y custodiar el Archivo General del Gobierno del Estado; y
X. Las demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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