DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Administración
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
11 abril, 2013
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 junio, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Ana Lucía Muro Velázquez
Unidad de Enlace de Acceso a la Información Pública
Coordinación Administrativa
POR: Secretaría de Administración
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Las funciones orgánicas de la Coordinación Administrativa de acuerdo al Reglamento Interior de la Secretaría de Administración
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración, publicado en el Suplemento 5 al número 25 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado en fecha 27 de Marzo del 2013.
Atribuciones:
I. Supervisar la aplicación de las normas, políticas, procedimientos y medidas necesarias que determine el Secretario para el eficaz aprovechamiento de los recursos humanos, financieros, materiales y servicios autorizados;
II. Vigilar y controlar el ejercicio presupuestal;
III. Administrar los recursos humanos adscritos a la Secretaría;
IV. Aplicar los procedimientos vigentes para el ejercicio y erogación de los recursos financieros;
V. Administrar el fondo revolvente;
VI. Administrar el transporte Gubernamental;
VII. Elaborar y presentar ante el Secretario el anteproyecto de presupuesto de egresos, en coordinación con la Secretaría Técnica;
VIII. Suministrar los recursos materiales y proporcionar los servicios necesarios de acuerdo a las disposiciones vigentes para el buen funcionamiento;
IX. Vigilar y controlar el uso y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles asignados;
X. Administrar las existencias del almacén;
XI. Aplicar las sanciones administrativas a que se hagan acreedores los Servidores Públicos al servicio de la Secretaría, de acuerdo a lo establecido en las leyes de la materia;
XII. Proporcionar la información que le sea requerida por la Unidad de Enlace de Acceso a la Información Pública;
XIII. Auxiliar al Secretario en los procesos de entrega-recepción de las áreas administrativas;
XIV. Elaborar y actualizar los Manuales de Organización, de Procedimientos y de Servicios al Público; y
XV. Las demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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