DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Finanzas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
26 noviembre, 2012
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 junio, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Mónica Hernández Olazaba
Coordinación Administrativa
Dirección de Egresos
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Atribuciones de la Dirección de Egresos de la Secertaría de Finanzas
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS
Atribuciones:
Artículo 38. Corresponde a la Dirección de Egresos, las facultades y atribuciones siguientes:
Recibir la documentación que presente la Secretaría de Administración respecto al Capítulo 1000 Servicios Personales, correspondiente a la nómina, cuotas IMSS, cuotas ISSSTEZAC, aportaciones para su trámite de pago;
Recibir y fiscalizar la documentación que presentan las Dependencias, conforme a los manuales de operación presupuestaria sujetándose a las disposiciones vigentes, a efecto de tramitar los pagos correspondientes;
Efectuar la programación y control de los pagos que afecten el Presupuesto de Egresos y a las demás erogaciones que legalmente deba realizar el Poder Ejecutivo del Estado;
Coordinar con la Dirección de Presupuesto y la Dirección de Tesorería, la realización oportuna de los pagos, afectando las cuentas bancarias correspondientes en función de los flujos de efectivo y disponibilidad de los recursos financieros;
Efectuar el registro del momento contable del ejercido en las cuentas presupuestales del egreso;
Recibir de la Dirección de Presupuesto, para su validación, la documentación originada por las Dependencias ejecutoras de programas de inversión; así como lo referente a las Transferencias, Asignaciones, Subsidios y otras ayudas;
Revisar con las Direcciones de Presupuesto, Contabilidad y Tesorería el comportamiento del gasto público;
Coordinar con la Dirección de Tesorería y la Dirección de Contabilidad, los cheques cancelados para su registro contable y en caso necesario la reposición correspondiente;
Enviar a la Dirección de Contabilidad, la documentación original que haya quedado sujeta a comprobación de los gastos realizados por las diferentes dependencias para su archivo y custodia; y
Las demás que señalen otras leyes, reglamentos y decretos vigentes en el Estado, así como aquellas que de manera expresa le asigne el Secretario y/o el Subsecretario de Egresos.
Artículo 39.- Para el mejor desempeño de sus facultades y atribuciones la Dirección de Egresos, cuenta con las áreas administrativas siguientes:
I. Departamento de Gasto de Operación;
II. Departamento de Gasto de Inversión y Programas Convenidos; y
III. Departamento de Emisión de Contrarecibos y Afectación.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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