USA LOS FILTROS PARA MEJORAR TU BÚSQUEDA.
¿QUÉ ESTÁS BUSCANDO?

Para una búsqueda concreta hacerlo entre comillas
Ejemplo: "Manual de Tramites y Servicios"


BUSCAR EN:

EN LA FRACCIÓN:
¿A qué refieren las fracciones?


BUSCAR POR FECHA DE PUBLICACIÓN:


Borrar fechas


VER CONTENIDO:

COMPARTE LA INFORMACIÓN

DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Finanzas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

26 noviembre, 2012

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 junio, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Mónica Hernández Olazaba
Coordinación Administrativa

 

Dirección de Egresos

POR: Secretaría de Finanzas


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Atribuciones de la Dirección de Egresos de la Secertaría de Finanzas


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS

 Artículo 38 y Artículo 39

Atribuciones:

Artículo 38.  Corresponde a la Dirección de Egresos, las facultades y atribuciones siguientes:

 

Recibir la documentación que presente la Secretaría de Administración respecto al Capítulo 1000 Servicios Personales,  correspondiente a la nómina, cuotas IMSS, cuotas ISSSTEZAC, aportaciones para su trámite de pago;

 

Recibir y fiscalizar la documentación que presentan las Dependencias, conforme a los manuales  de operación presupuestaria sujetándose a las disposiciones vigentes, a efecto de tramitar  los pagos correspondientes;

 

Efectuar la programación y control de los pagos  que afecten el Presupuesto de Egresos y a las demás erogaciones que legalmente deba realizar el Poder Ejecutivo del Estado;

 

Coordinar con la Dirección de Presupuesto y la Dirección de Tesorería,  la realización oportuna de los pagos, afectando las cuentas bancarias correspondientes en función de los flujos de efectivo y disponibilidad de los recursos financieros;

 

Efectuar el registro del momento contable del ejercido en las cuentas presupuestales del egreso;

 

Recibir de la  Dirección de Presupuesto, para su validación, la documentación originada por las Dependencias ejecutoras de programas de inversión; así como lo referente a las Transferencias, Asignaciones, Subsidios y otras ayudas;

 

Revisar con las Direcciones de Presupuesto, Contabilidad y Tesorería el comportamiento del gasto público;

 

Coordinar con la Dirección de Tesorería y la Dirección de Contabilidad, los cheques cancelados para su registro contable y en caso necesario la reposición correspondiente;

 

Enviar a la Dirección de Contabilidad, la documentación original que haya quedado sujeta a comprobación de los gastos realizados por las diferentes dependencias para su archivo y custodia; y  

 

Las demás que señalen otras leyes, reglamentos y decretos vigentes en el Estado, así como aquellas que de manera expresa le asigne el Secretario y/o el Subsecretario de Egresos.

 

 

Artículo 39.- Para el mejor desempeño de sus facultades y atribuciones la Dirección de Egresos, cuenta con las áreas administrativas siguientes:

 

          I.             Departamento de Gasto de Operación;

        II.             Departamento de Gasto de Inversión y Programas Convenidos; y

      III.             Departamento de Emisión de Contrarecibos y Afectación.





Guardar como favorito (0) Guardar en una lista
Aún no has creado listas.
Agregar a una lista nueva


ETIQUETAS
¿QUÉ OPINAS DE ESTE DOCUMENTO?
ESTE DOCUMENTO AÚN NO PERTENECE A NINGUNA LISTA
REFERENTE AL MISMO ARTÍCULO Y FRACCIÓN
CON TEMAS EN COMÚN