DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Colegio de Bachilleres del Estado de Zacatecas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
NO Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
13 septiembre, 2012
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
6 abril, 2016
FECHA DE BAJA:
16 junio, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Alma Ivonne Soto Araujo
Unidad de Enlace y Acceso a la Información Pública
OTRAS VERSIONES DE LA INFORMACIÓN:
Versiones Recientes
Funciones del Titular de la Unidad de Enlace y Acceso a la Información Pública
POR: Colegio de Bachilleres del Estado de Zacatecas
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Las oficinas o áreas de información y enlace que se establezcan mediante disposiciones de carácter general, al interior de los sujetos obligados, facultadas para recibir solicitudes, gestionar y proporcionar información pública a los particulares.
ARTÍCULO 66 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas.
Las unidades de enlace contarán con el presupuesto, personal, instalaciones y demás recursos necesarios para realizar las funciones que señala la presente Ley.
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
Artículos 66 y 67 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas.
Atribuciones:
1. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información pública, y a las
relativas al ejercicio de la acción de protección de datos personales;
2. Difundir, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, la
información pública de oficio a que se refiere esta Ley;
3. Vigilar, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, el
resguardo y la correcta administración de la información clasificada como reservada o confidencial;
4. Promover, en las unidades administrativas de su adscripción, la actualización
trimestral de la información pública de oficio a que se refiere esta Ley;
5. Orientar y auxiliar a las personas, en la elaboración y entrega de las solicitudes de acceso a la información pública, así como en la consulta de la información pública de oficio;
6. Realizar los trámites y gestiones internos necesarios para entregar la información pública solicitada y efectuar las notificaciones correspondientes;
7. Promover la capacitación y actualización de los servidores públicos adscritos a su dependencia o entidad;
8. Administrar y actualizar mensualmente el registro de las solicitudes, respuestas,
trámites y costos que implique el cumplimiento de sus atribuciones, y
9. Las necesarias para facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información
pública, y la protección de datos personales, de acuerdo con los principios y
preceptos establecidos en la ley.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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