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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Finanzas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:

Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

29 noviembre, 2011

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 junio, 2016

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Mónica Hernández Olazaba
Coordinación Administrativa

 

Asesor del Despacho

POR: Secretaría de Finanzas


De: Artículo 39 / Fracción III

La fracción refiere a: Las facultades de cada Área


Descripción:

Atribuciones del Asesor del Despacho


Tipo : Funciones

Fundamento Legal:

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS

Articulo 8 

Atribuciones:

Articulo 8.- El Asesor del Despacho, cuenta con las facultades y atribuciones siguientes:


I. Apoyar de manera directa al Secretario para proporcionar asesoría técnica en sus actividades;
II. Analizar y emitir opinión de los documentos que se le encomienden;
III. Desarrollar los proyectos, programas o acciones que sean requeridos por el Secretario;
IV. Fungir como representante o suplente del Secretario en los comités, fondos o fideicomisos;
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V. Redactar oficios, tarjetas informativas o memorandas que instruya el Secretario para el cumplimiento de sus funciones; y
VI. Las demás que le confiera el Secretario.



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