DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría del Campo
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
31 marzo, 2015
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
31 marzo, 2015
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Jaime Morales Dávila
Subsecretaría de Agricultura
Apoyo a productores con semilla del Programa de Reactivación, Fortalecimiento y Certidumbre Comercial de la Agricultura de Temporal actualizado
POR: Secretaría del Campo
De: Artículo 39 / Fracción XVI
La fracción refiere a: Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.
Descripción:
Mejorar la productividad de los cultivos básicos de temporal en zonas de medio y alto potencial productivo, mediante la calidad genética de la semilla, fitonutrición; cosecha de agua, así como reducir el riesgo de movimientos adversos en los precios de los productos en su proceso comercial
Tipo | Beneficiario | Monto |
---|---|---|
CUADRO ANEXO |
Monto total de la partida: 3,194,229
Total de Beneficiarios: 1,110
Requisitos de acceso: Los apoyos contemplados en el presente Componente podrán otorgarse para los cuatro conceptos a la vez (semilla; bioinsumos; pileteadoras y cobertura de opciones a futuro) o bien para un solo concepto, en el entendido de que deberán destinarse exclusivamente para explotaciones de temporal, para los cultivos mencionados y localizados en zonas de mediano y alto potencial o áreas que apruebe la SECAMPO
Diseño: Los apoyos deberán aplicarse para un máximo de 10 has por productor. La semilla apoyada deberá ser habilitada y/o certificada
Ejecución: Personas físicas o morales que se dediquen a actividades agrícolas con preferencia a productoras y productores de bajos ingresos, cuyos predios se ubiquen en zonas de mediano y/o alto potencial para los cultivos: maíz, frijol, avena, trigo, cebada maltera, sorgo y otros, de acuerdo al estudio del Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP), así como aquellas áreas que en su propuesta de inducción tecnológica (cultivos; insumos y/o prácticas o labores culturales) apruebe la Secretaría del Campo.
Periodo: marzo de 2015
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