DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de las Mujeres
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
9 septiembre, 2013
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 septiembre, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Selene Ramírez Briones
Coordinación Jurídica
Departamento de Desarrollo de Proyectos
POR: Secretaría de las Mujeres
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Analizar y clasificar las iniciativas de proyectos productivos o negocios de mujeres identificando su viabilidad en base a las Reglas de Operación de cada programa de financiamiento para someterlas aprobación y seguimiento.
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
Manual de Organización de la Secretaría de las Mujeres
Atribuciones:
FUNCIONES:
I. Investigar las aperturas de ventanilla de programas tanto federales como estatales para gestionar o apoyar las iniciativas de proyectos o negocios;
II. Recabar información sobre los programas de financiamiento y apoyo para proyectos o negocios de mujeres para la elaboración de un catalogo de estos para las interesadas;
III. Analizar las propuestas de proyecto para realizar su trámite y gestión donde corresponda;
IV. Realizar entrevistas a las mujeres que solicitan financiamiento para la elaboración de perfiles de proyecto;
V. Proponer las solicitudes de crédito y perfiles de proyecto para su revisión y aprobación del H. Comité del para el Fomento Productivo de la Mujer;
VI. Elaborar documentos mercantiles de los proyectos autorizados por el Fondo para el Fomento Productivo de la Mujer para establecer compromiso de pago;
VII. Programar capacitaciones para los proyectos o negocios que se vaya a iniciar para que adquieran conocimientos administrativos y de ventas;
VIII. Proponer plan de seguimiento de los créditos otorgados para identificar posible problemática de comercialización, pago etc;
IX. Elaborar informe sobre los créditos otorgados por el Fondo para el Fomento Productivo de la Mujer que se encuentren en cartera vencida para buscar alternativas de recuperación;
X. Realizar requerimientos y visitas a las beneficiarias con créditos que se encuentren en cartera vencida;
XI. Desarrollar todas aquellas inherentes a su área y las que le encomiende su superior jerárquico.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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