DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Infraestructura
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
10 julio, 2013
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 septiembre, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Graciela Barrón Corvera
Coordinación Administrativa
Coordinación del Centro de Inteligencia Territorial
POR: Secretaría de Infraestructura
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Desarrollar e implementar el sistema de información geo-referenciada mediante herramientas tecnología y diseño metodológico, que permita disponer de un conjunto de información que permita la toma decisiones en materia urbana y territorial.
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
Artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas Publicada en el Suplemento 3 al No. 62 del Periódico Oficial del Gobierno del Estado correspondiente al día 4 de agosto del 2012.
Artículo 32 del Reglamento Interior de la Secretaria de Infraestructura Publicado en el Suplemento 8 al No. 25 del Periódico Oficial del Gobierno del Estado correspondiente al día 27 de marzo del 2013.
Atribuciones:
I. Coordinar las acciones necesarias para la supervisión de la aplicación y/o avances de las ampliaciones y mejoras en las viviendas;
II. Impulsar y promover los créditos en materia de vivienda dentro de la demarcación territorial que le fue asignada;
III. Proporcionar a la ciudadanía la información necesaria acerca de los programas vigentes en materia de vivienda a los que pueden accesar;
IV. Dar seguimiento para el pago de los créditos otorgados, dentro de la región que le fue asignada;
V. Coordinar los Programas de Gobierno en materia de construcción mejoramiento y ampliación de vivienda dentro de su demarcación territorial;
VI. Hacer del conocimiento de los Presidentes Municipales y a la ciudadanía del Estado, los programas de vivienda existentes;
VII. Concientizar y sensibilizar a las autoridades, de la demanda de construcción de vivienda dentro de cada demarcación territorial, así como de la necesidad de programas de mejoramiento de ésta;
VIII. Servir como enlace entre la Subsecretaría de Vivienda y las Entidades Municipales para la gestión de los programas de vivienda de la Secretaría;
IX. Canalizar las solicitudes, peticiones e inquietudes surgidas, entre los Municipios y la ciudadanía, derivadas de los programas de vivienda, para su debida atención, y
X. Las demás que le confieren otras disposiciones legales y administrativas aplicables.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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