DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Jefatura de Oficina del Gobernador
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
5 marzo, 2013
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 septiembre, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Juan de Dios Fernández Orozco
UPLA
Dirección de Planeación.
POR: Jefatura de Oficina del Gobernador
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
UPLA
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
Establecido en el Artículo 63 del Reglamento Interior de las Unidades Administrativas del Titular del Ejecutivo del Estado. . Publicado en el Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, de fecha 5 de enero del 2013.
Atribuciones:
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I. Coordinar el proceso de planeación, programación y presupuestación de las dependencias y
entidades de la administración pública estatal;
II. Formular y proponer al Coordinador esquemas de vinculación y coordinación para impulsar la
planeación del desarrollo;
III. Promover para su eventual aprobación por el Coordinador la congruencia entre los instrumentos
de planeación para el desarrollo del Estado;
IV. Validar los programas, proyectos y acciones propuestas por las dependencias y entidades
de la administración pública estatal para su asignación presupuestal;
V. Fungir como área técnica de apoyo a los tres órdenes de gobierno, en la planeación
gubernamental;
VI. Apoyar a las diferentes dependencias y entidades de la administración pública, tanto estatales
como municipales, en los procesos de planeación, programación y presupuestación;
VII. Fungir como área técnica en los distintos subcomités del Sistema Estatal de Planeación;
VIII. Dar seguimiento a los acuerdos derivados del COPLADEZ;
IX. Determinar conjuntamente con las dependencias de la administración pública estatal y las
municipales, las prioridades de inversión que deban aplicarse;
X. Proponer los lineamientos para la integración de los programas sectoriales, institucionales,
regionales, especiales y municipales;
XI. Integrar, analizar y validar la programación operativa anual propuesta por las diferentes
dependencias y entidades de la administración pública estatal;
XII. Coordinar el proceso de integración y aprobación de los Programas Operativos Anuales de
las dependencias y entidades de la administración pública estatal y ponerlos a consideración del
Coordinador;
XIII. Coordinar en conjunto con la Dirección de Programas y Proyectos Estratégicos los grupos de
trabajo y de análisis que integren los proyectos en materia de inversión a proponer al Titular del
Ejecutivo;
XIV. Proponer al Coordinador aquellos proyectos que deban considerarse como prioritarios para
su operación y seguimiento;
XV. Participar en los procesos de planeación a largo plazo del desarrollo interestatal;
XVI. Establecer, en conjunto con los titulares de las dependencias y entidades de la administración
pública estatal, los objetivos, alcance y cronograma de trabajo de dichos proyectos, en coordinación
con la Dirección de Programas y Proyectos Estratégicos; y
XVII. Las demás que le confieran otros ordenamientos legales, el presente Reglamento o le asigne
directamente el Coordinador.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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