DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Finanzas
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
23 noviembre, 2012
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 junio, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Mónica Hernández Olazaba
Coordinación Administrativa
Unidad de Proyectos
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Facultades de la Unidad de Proyectos
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS
Artículo 34
Atribuciones:
Artículo 34. Corresponde a la Unidad de Proyectos, las facultades y atribuciones siguientes:
I. Integrar y coordinar la cartera de programas y proyectos de inversión que sean presentados por las dependencias y entidades de la administración pública estatal; así como verificar, en coordinación con las instancias competentes, la congruencia de dichos programas y proyectos con los objetivos, programas y estrategias del Plan Estatal de Desarrollo;
II. Asesorar cuando soliciten las dependencias, Entidades y Municipios del Estado, respecto a los lineamientos y criterios que emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, respecto a los programas y proyectos de inversión;
III. Participar y proponer en coordinación con las instancias competentes, esquemas de inversión con la participación de los sectores público, privado y social, así como coadyuvar en el ámbito de su competencia, en la revisión de la normatividad cuando incida en el desarrollo de los programas y proyectos de inversión;
IV. Promover e intervenir en la elaboración de proyectos propuestos por las áreas encargadas de la planeación en las Dependencias, Entidades y Municipios;
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V. Requerir a las Dependencias, Entidades y Municipios del Estado, la información cuando considere necesaria para el ejercicio de sus atribuciones;
VI. Analizar prácticas y metodologías realizadas por otras Entidades Federativas y dependencias de la Administración Pública Federal, en materia de inversión y análisis de proyectos;
VII. Participar en la integración del anteproyecto del Presupuesto de Egresos del Estado, recomendando la distribución de los recursos federales con base a la cartera de proyectos presentados por las dependencias, entidades y municipios del Estado;
VIII. Coordinar en la formación periódica de informes de avances financieros de los programas de inversión;
IX. Ser enlace con la Unidad de Política y Control Presupuestal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la entrega, evaluación y seguimiento de la ministración de recursos para programas y proyectos de inversión; y
X. Las demás que le señalen las leyes, reglamentos y decretos vigentes en el Estado, así como aquellas que de manera expresa le asigne el Subsecretario de Egresos.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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