DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Régimen Estatal de Protección Social en Salud
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
19 abril, 2016
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
20 abril, 2016
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
L.C. Jacinto Vacio Longoria
Dirección de Financiamiento
Funciones de la Dirección de Gestión de Servicios de Salud
POR: Régimen Estatal de Protección Social en Salud
De: Artículo 39 / Fracción III
La fracción refiere a: Las facultades de cada Área
Descripción:
Funciones de la Dirección de Gestión de Servicios de Salud del REPSS.
Tipo : Funciones
Fundamento Legal:
Manual de Organización del REPSS.
Atribuciones:
I. Participar en la elaboración del Programa Anual de Trabajo de la Dirección General del Régimen Estatal de Protección Social en Salud;
II. Coordinar la integración del Programa Anual de Trabajo de la Dirección de Gestión de Servicios de Salud;
III. Organizar la realización del Manual de Organización y de Procedimientos de la Dirección de Gestión de Servicios de Salud;
IV. Establecer la Prestación del Catalogo Universal de Servicios de Salud (CAUSES); Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos y Seguro Médico Siglo XXI, en las unidades médicas proveedoras de servicios de salud a los afiliados;
V. Desarrollar la operación del Sistema de Compensación Económica por Provisión de Servicios de Salud Interestatales, en las unidades médicas participantes; a favor de los afiliados;
VI. Participar en la integración y seguimiento del Convenio de Gestión suscrito entre la Dirección General del Régimen Estatal de Protección Social en Salud y los Servicios de Salud de Zacatecas.
VII. Colaborar en la difusión de los derechos y obligaciones de los afiliados, en las unidades proveedoras de servicios y vigilar su cumplimiento;
VIII. Determinar si las unidades prestadoras de servicios de salud a los afiliados se apegan a los criterios de calidad, capacidad y seguridad establecidos en las Cédulas de Acreditación de Establecimientos Públicos para la aplicación del CAUSES y de Gastos Catastróficos;
IX. Organizar la información de las intervenciones otorgadas a los afiliados, utilizando los Sistemas de Información oficiales;
X. Establecer las actividades de las Subdirecciones de Gestión Médica y de Administración de Planes Médicos.
XI. Establecer el mecanismo de atención a quejas, sugerencias, recomendaciones y felicitaciones que los afiliados formulen, ante la instancia competente y vigilar su operación.
XII. Organizar los procesos de capacitación al personal de las unidades proveedoras de servicios, en materia de la cobertura de servicios del Sistema de Protección Social en Salud;
XIII. Participar en la difusión de los procesos de afiliación/reafiliación del Sistema a favor de los afiliados;
XIV. Las demás que establezca la Dirección General del Régimen Estatal de Protección Social en Salud en el ámbito de su competencia.
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Fecha Publicación: 22 noviembre, 2016 Fecha de actualización: 22 noviembre, 2016
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